Crisis

El Ejecutivo prorroga las condiciones de la jubilación anticipada de los despedidos antes de 2013

También pueden acogerse a esta medida los trabajadores con relación laboral suspendida o extinguida por expedientes de regulación de empleo

Al término del Consejo de Ministros, el ministro de Seguridad Social, José Luis Escrivá, ha anunciado que el Gabinete de Sánchez ha aprobado hoy prorrogar este año la cláusula de salvaguarda de la reforma de las pensiones de 2011, que garantizaba las condiciones de jubilación previas para las personas despedidas antes de su entrada en vigor el 1 de abril de 2013 y que no consiguieron volver al mercado de trabajo nunca más. Según Escrivá, se trata de una “medida de justicia” para trasmitir certidumbre a aquellos trabajadores que fueron expulsados del mercado laboral durante la anterior crisis económica.

El Gobierno y los interlocutores sociales pactaron, en su día, esta garantía en la reforma de 2011 para que quienes no volviesen a encontrar trabajo llegasen a la jubilación sin ver disminuida su expectativa de pensión, dado que ya no tenían posibilidad de regresar al mercado laboral. El Ejecutivo de Mariano Rajoy limitó la vigencia de esa cláusula a 2018 y el posterior Ejecutivo del PSOE la prorrogó para 2019 y 2020. Ahora la vuelve a prolongar para beneficiar a los parados de larga duración.

La extensión de la vigencia de la cláusula con efecto desde el 1 de enero, anunciada por el Ministerio el pasado 29 de diciembre, está condicionada a que ninguna de las personas afectadas haya sido incluida en algún régimen de la Seguridad Social después del 1 de abril de 2013. También pueden acogerse a la cláusula las personas con relación laboral suspendida o extinguida por expedientes de regulación de empleo, convenios colectivos de cualquier ámbito, acuerdos colectivos de empresa o decisiones adoptadas en procedimientos concursales aprobados, suscritos o declarados antes del 1 de abril de 2013. No obstante, estos trabajadores pueden optar por la legislación ahora vigente si les resulta más conveniente.

La reforma de las pensiones de 2011 alargó la edad y los años cotizados para acceder a la jubilación anticipada forzosa, a la que se ven abocados los mayores de 45 años que no han podido encontrar de nuevo un trabajo. La edad legal de jubilación se va retrasando cada año en virtud del régimen transitorio establecido en la reforma de 2011, hasta llegar a los 67 años en 2027, mientras que la edad para la jubilación anticipada forzosa en caso de despido será siempre cuatro años inferior. En 2021 la edad legal ordinaria es de 66 años y la de la jubilación anticipada forzosa de 62 años, si bien la cláusula de salvaguarda permitirá al colectivo protegido hacerlo a los 61 con 30 años cotizados, frente a los 33 años establecidos con la reforma de 2011.

Indefinidamente

Mientras, UGT y CCOO piden que se mantenga indefinidamente la cláusula de salvaguarda de la reforma de las pensiones de 2011, que garantizaba las condiciones de jubilación previas más ventajosas para las personas despedidas antes de la entrada en vigor de esa reforma. “La prórroga aprobada hoy en Consejo de Ministros es fruto de la demanda sindical, pero supone una iniciativa parcial”, han señalado ambos sindicatos, por lo que han pedido al Gobierno que dé una solución definitiva al problema, “que genera inseguridad hasta que se aprueba la prórroga”.

CCOO y UGT han insistido al Ministerio de Seguridad Social que es necesario recuperar la situación de consenso alcanzado con la reforma de pensiones de 2011, que establecía un plazo indefinido para garantizar la cobertura a todas las personas afectadas sin tener que someterlas a la incertidumbre que generan las prórrogas anuales.