Seguridad Social

¿Cuál es la pensión máxima que se puede cobrar en 2021?

La nómina de enero ya ha reflejado las subidas de las prestaciones a causa de la revalorización del 0,9% de las pensiones contributivas y del 1,8% de las no contributivas

Jubilados sentados en un banco
Jubilados sentados en un bancoCipriano Pastrano DelgadoLa Raz—n

Las pensiones suben, pero hasta un cierto techo. Con el inicio del año, entró en vigor la revalorización de las pensionesprevista por el Gobierno en los Presupuestos Generales del Estado de 2021. La nómina de enero ya ha reflejado las subidas de las prestaciones a causa de la revalorización del 0,9% de las pensiones contributivas y del 1,8% de las no contributivas. Esta medida tendrá un coste total de 1.500 millones de euros para las arcas públicas y previsiblemente beneficiará 11 millones de pensionistas. En el Real Decreto que recoge esta subida, también queda reflejada la pensión máxima que se podrá cobrar en 2021.

Pensión máxima

El Real Decreto 46/2021, de 26 de enero, fija la cantidad en 2.707,49 euros. Esto es lo que dice: “El importe de la pensión, una vez revalorizada, estará limitado a la cantidad de 2.707,49 euros, entendiendo esta cantidad referida al importe de una mensualidad ordinaria, sin perjuicio de las pagas extraordinarias que pudieran corresponder. Dicho límite mensual será objeto de adecuación en aquellos supuestos en que la persona pensionista tenga derecho a percibir menos o más de 14 pagas al año, comprendidas en uno u otro caso las pagas extraordinarias, a los efectos de que la cuantía pueda alcanzar o no supere, respectivamente, 37.904,86 euros, en cómputo anual”. Por lo tanto, las pensiones que excedan de 2.707,49 euros mensuales no se revalorizarán, excepto en los casos anteriormente señalados.

Pensiones mínimas

En el lado contrario, las pensiones mínimas se quedan así tras la revalorización:

Jubilación

-Para los jubilados mayores de 65 años con cónyuge a cargo, la pensión mínima se eleva hasta los 851 euros, frente a los 843,40 que percibían en el 2020. Para los jubilados mayores de 65 años sin cónyuge (unidad económica unipersonal), la pensión mínima este año es de 689,70 euros, mientras que en 2020 era de 683,50 euros. Si tienen cónyuge pero no es a cargo, el mínimo pasa de de 648,70 euros mensuales a 654,60 euros.

Viudedad

-En el caso de la pensión de viudedad, el Real Decreto recoge que la cuantía mínima será de 689,70 euros (antes 681,70 euros) para viudos y viudas con 65 años o con discapacidad en grado igual o superior al 65%. Si el titular de la pensión de viudedad tiene entre 60 y 64 años, la pensión mínima es de 645,30 euros (antes 639,50 euros). Y si tiene menos de 60 años, la cuantía solo será de 522,50 euros (antes 517,80 euros) para 2021. Para los que tengan cargas familiares, la pensión mínima se eleva hasta los 797,70 euros (antes 790,70 euros).

Incapacidad permanente absoluta

-Para las pensiones por incapacidad permanente absoluta, la pensión mínima si el titular tiene 65 años y cónyuge a cargo es 851 euros mensuales (843,40 euros antes). Para los que no tengan cónyuge, sube de 683,50 euros hasta 689,70 euros. Y con cónyuge no a cargo se eleva hasta los 654,60 euros (antes 648,70 euros).

Orfandad

La pensión mínima de orfandad para 2021 se sitúa en 210,80 euros (antes 208,90 euros) y se eleva hasta los 414,70 euros (4 euros más que en 2020) en caso de que el beneficiario sea menor de 18 años con discapacidad igual o superior al 65%.

Nómina de las pensiones en enero

La factura de las pensiones en el mes de enero superó por vez primera la frontera de los 10.000 millones tras subir el 3,26% en el acumulado del último año. En concreto, tras la revalorización, el coste se situó en los 10.087,7 millones de euros.