Pensiones

La edad de jubilación a los 68 años, en el horizonte

Los expertos piden aumentar 1,3 años la edad legal para acceder a esta pensión con el 100% de la cuantía para compensar la mayor esperanza de vida

03-02-2021. © Jesús G. Feria.Imagen de gente mayor paseando por Madrid.
03-02-2021. © Jesús G. Feria.Imagen de gente mayor paseando por Madrid.Jesús G. FeriaLa Razon

El ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, estudia todas las fórmulas posibles para acercar la edad real de jubilación a la legal, situada este año en los 66 años con menos de 37 años y tres meses cotizados. Para ello, el Gobierno aborda la reorganización de los incentivos a la jubilación activa y el retraso de la misma y penalizaciones a las jubilaciones anticipadas. Por ahora, Escrivá no ha planteado la necesidad de abordar un retraso de la edad de jubilación, que quedará en los 67 años en 2027.

Sin embargo, los expertos alertan de que debería abordarse una prolongación en 1,3 años, hasta los 68,3 años, para compensar el aumento de la esperanza de vida. Así lo estima un estudio realizado por Mercedes Ayuso, Edward Palmer y Jorge Bravo, miembros del Foro de Expertos del Instituto BBVA de Pensiones.

El informe, que lleva por título ‘Edad de jubilación y vinculación a la esperanza de vida: corrigiendo el gap en las estimaciones’, señala además que en el caso de Portugal el aumento de la edad de jubilación debería ser de 1,2 años para compensar la mayor esperanza de vida. Los autores del informe subrayan que el aumento de la edad legal de jubilación a los 67 años “no es suficiente para absorber el gap estimado entre las esperanzas de vida”. En su opinión, la esperanza de vida se ha convertido en el indicador biométrico por excelencia a la hora de calcular la edad legal de jubilación en las reformas de pensiones que se están realizando en los distintos países.

Según el estudio, el aumento sostenido de la longevidad, las caídas en la fertilidad y el efecto de la crisis económica observada en la última década, a la que habrá que sumar el impacto de la crisis del Covid, “han afectado notablemente a la sostenibilidad de los sistemas de pensiones en los diferentes países”. Entre las distintas reformas que se barajan en ellos la más generalizada es el retraso en la edad legal de jubilación. Durante las dos últimas décadas, casi todos los países europeos han aumentado sus edades ordinarias y anticipadas de jubilación, con algunas excepciones, como Luxemburgo.

Este aumento en la edad de jubilación se produce prácticamente de forma sistemática hasta los 65 años en algunos países como República Checa, Hungría o Letonia y hasta edades superiores (de 67 o más años) en España, Portugal, Bélgica, Gran Bretaña, Alemania, Francia, Italia.

Para determinar el aumento de la edad de jubilación, los países han adoptado diversos criterios, entre ellos la indexación automática de la edad de jubilación a la esperanza de vida, la búsqueda de un número esperado constante de años jubilados en relación a la vida total de la persona, o estableciendo una proporción constante entre los años trabajados y los años jubilados.

En su opinión, no considerar el ‘gap’ entre esperanzas de vida puede conducir a ofrecer “una falsa señal de equidad actuarial entre contribuciones y prestaciones, distorsionando las decisiones en el mercado laboral y generando distorsiones macroeconómicas, reduciendo el efecto de las reformas de pensiones ya realizadas o en marcha en los diferentes sistemas”.