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Trabajo y Seguridad Social chocan ahora por las competencias en las inspecciones a empresas

El Sindicato de Inspectores de Trabajo reclama a los ministros Escrivá y Díaz que la Tesorería General de la Seguridad Social no invada las competencias de la Inspección

La ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz (i), y el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá
La ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz (i), y el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis EscriváKiko HuescaEFE

Una piedra más en el camino se suma a la ya tensa relación entre los ministerios de Trabajo y de Seguridad Social. El Sindicato de Inspectores de Trabajo ha advertido de las «duplicidades» en la asignación de competencias sobre asuntos que hasta ahora asumía Trabajo y que ha comenzado a investigar la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), generando «confusión y cargas innecesarias» y la percepción entre las empresas «de una creciente falta de coordinación».

Avisa Inspección de que estas duplicidades, «lejos de eliminarse», se han visto incrementadas por la reciente reforma del artículo 40 de Ley General de la Seguridad Social (LGSS) y por el contrato suscrito por la Tesorería con Accenture, que han disparado el número de «incidencias» que archivan actuaciones inspectoras a petición de la Tesorería como consecuencia de las regulaciones realizadas por las empresas, generando «confusión y cargas innecesarias».

Por todo ello, el Sindicato de Inspectores reclama a los ministros de Trabajo, Yolanda Díaz, y Seguridad Social, José Luis Escrivá, una reunión para recibir las garantías de que se respetarán las competencias de la Inspección de Trabajo y que las nuevas atribuciones de la Tesorería «no supondrán el debilitamiento de sus funciones ni una invasión de sus competencias».

Fuentes de Seguridad Social negaron a LA RAZÓN problemas de competencias ni de atribuciones porque ambos departamentos están «constante coordinación». Según interpretan, «lo único que hace la modificación del artículo 40 es clarificar el deber de información por entidades financieras, funcionarios públicos, profesionales oficiales y autoridades a la Tesorería para que pueda ejercitar de forma eficaz sus facultades de comprobación de las liquidaciones de cuotas».

Al igual que la Seguridad Social, fuentes del Ministerio Trabajo también evitaron forzar polémica alguna, aunque no dieron respuesta a las aclaraciones pedidas por los inspectores. “La modificación que cita el sindicato de inspectores está dictada en el ámbito de competencias de control de cotizaciones de la Tesorería General de la Seguridad Social y no afecta a la distribución de competencias” entre la TGSS y la ITSS, por lo que “en ningún caso se invaden competencias”, aseguraron a este periódico.

El Sindicato de Inspectores de Trabajo espera tener una respuesta a su carta, en las que reiteran su “preocupación” por los cambios realizados recientemente en la LGSS que permiten a la Tesorería requerir datos, informes y justificantes en el ámbito de la liquidación, control de la cotización y recaudación. Dicha modificación, lamenta el sindicato, ha sido adoptada sin su conocimiento, y da lugar a “posibles confusiones” a la hora de ser interpretada por las empresas.

En la misiva, los representantes sindicales advierten textualmente de “los riesgos que derivan de una posible confusión de competencias entre los órganos con funciones de control y de inspección, encarnados por la TGSS y la ITSS, que no se asientan en una mera hipótesis, sino que son una lamentable realidad”, advierte este sindicato, que critica la mala percepción que genera entre las empresas esta “creciente falta de coordinación” entre ambos organismos. “No quisiéramos que las duplicidades en la asignación de asuntos, lejos de eliminarse, puedan verse incrementadas como consecuencia de la reciente reforma del artículo 40 de la LGSS”, prosigue la carta.

Aunque el Sindicato de Inspectores señala que la atribución que se establece en esta reforma por sí sola no debería afectar al ámbito competencial de la Inspección y a los límites establecidos para cada organismo -como han reiterado a este diario ambos ministerios-, se teme lo contrario a la vista de “los recientes acontecimientos”, y citan como ejemplo el archivo a petición de la Tesorería de numerosas actuaciones inspectoras como consecuencia de las actualizaciones realizadas por las empresas.