Ahorro

Cuándo se puede cobrar por anticipado un plan de pensiones

Solo se puede acceder a las cantidades acumuladas mediante estos productos de ahorro en el momento de la jubilación y en algunos supuestos excepcionales

Algunos bancos empezaron a cobrar por la retirada de dinero en las ventanillas de las sucursales
Algunos bancos empezaron a cobrar por la retirada de dinero en las ventanillas de las sucursaleslarazon

La función de los ahorros es amortiguar el golpe económico que suponen ciertos gastos imprevistos. Algunos deciden reservar este colchón para la jubilación y ante una emergencia se ven obligados a hacer uso de él, aunque no siempre es posible. Los usuarios que deciden crearse un plan de pensiones lo hacen sabiendo que el acceso a estas cantidades antes de la jubilación solo es posible en contadas excepciones. La crisis de la Covid-19 ha hecho que las necesidades económicas de las familias aumenten y muchos se preguntan si sus circunstancias les permitirán desbloquear esta caja fuerte. Si se está planteando rescatar su plan de pensiones y aún no tiene edad para jubilarse, estos son los casos en los que podrá hacerlo.

Se puede acceder al dinero en 7 casos: paro de larga duración; incapacidad laboral; dependencia; enfermedad grave; fallecimiento; a partir de 10 años de antigüedad y acceder con 60 años.

1. Paro de larga duración

Si lleva ya 12 meses o más sin encontrar empleo podrá recurrir a los ahorros de su plan de pensiones, aunque deberá cumplir una serie de requisitos.

-Trabajadores por cuenta ajena: estar inscritos como demandantes de empleo, haber agotado todas las prestaciones contributivas por desempleo o no tener derecho a ellas y acreditar que se encuentra en una situación legal de desempleo

-Autónomos: haber agotado cualquier prestación y estar inscritos como demandantes de empleo.

De hecho, para hacer frente a los efectos económicos de la Covid-19, el Gobierno aprobó que se pudiesen rescatar los planes de pensiones de forma anticipada en los siguientes supuestos adicionales: los afectados por un ERTE de fuerza mayor a causa de la pandemia, los autónomos que hayan cesado su actividad y cuyos ingresos hayan caído más de un 75% y los empresarios que tuvieron que cerrar sus establecimientos por la declaración del estado de alarma. No obstante, esto solo fue posible durante los seis meses posteriores a la entrada en vigor del estado de alarma, por lo que ya no es posible alegar estas circunstancias.

2. Incapacidad laboral

Otra de las excepciones es encontrarse en una situación de incapacidad laboral total, absoluta o gran invalidez del partícipe. Para acreditarlo, será necesario aportar una copia del certificado de invalidez o incapacidad de la Seguridad Social u organismo competente.

3. Dependencia

Si el titular del plan de pensiones sufre dependencia severa o gran dependencia podrá acceder al dinero ahorrado mediante una copia compulsada del certificado que acredite alguno de estos dos grados de dependencia.

4. Enfermedad grave

Si se acoge a este supuesto, tendrá que aportar un certificado médico de la Seguridad Social o centro concertado que acredite “cualquier dolencia o lesión física o psíquica que incapacite temporalmente para la ocupación o actividad habitual de la persona por un período continuado mínimo de tres meses, y que requiera la intervención clínica de cirugía mayor en un centro hospitalario o tratamiento en el mismo”, señala ING. De igual manera, también se podrá rescatar acreditando cualquier dolencia o lesión física o psíquica con secuelas permanentes que limiten parcialmente o impidan totalmente la ocupación o actividad habitual.

5. Fallecimiento

En caso de muerte del titular, el plan de pensiones irá destinado al cónyuge o herederos que podrán acceder a la cantidad ahorrada.

6. A partir de 10 años de antigüedad

En 2015, se introdujo una nueva ley que permitía recuperar las cuantías siempre que hayan pasado como mínimo 10 años desde la primera aportación. Esto implica que el 1 de enero de 2015, transcurridos 10 años de la entrada en vigor de la norma, las personas que hiciesen su primera aportación hace una década podrán acceder a esas cantidades, y así progresivamente. A partir de entonces, se podrá recuperar el dinero sin ningún tipo de límite y sin tener que encontrarse en ninguna de las situaciones anteriores.

7. Con 60 años

Si el titular del plan de pensiones deja de trabajar de forme anticipada a los 60 años y no reúne los requisitos para acceder a una pensión de jubilación, podrá echar mano de estos ahorros para hacer frente a esta etapa sin ingresos.