Más subidas

El “catastrazo” del Gobierno incrementará los impuestos de patrimonio y sucesiones

Los asesores fiscales advierten de que el nuevo valor de referencia inmobiliario perjudicará a los que compren su vivienda a un precio competitivo

El Gobierno ya ha puesto en marcha el «catastrazo» inmobiliario, que pretende dar un nuevo pellizco a los bolsillos de los ciudadanos y abrir el camino para la ansiada armonización tributaria que pretende desde hace tiempo la ministra de Hacienda, María Jesús Montero. Para ello, la nueva Ley de Lucha contra el Fraude Fiscal, que ayer pasó por la Comisión de Hacienda del Senado, incluye cambio y aumentos en seis impuestos: IRPF, a las plusvalías, Patrimonio, Sucesiones, Donaciones, Transmisiones Patrimoniales, aunque en realidad afectará a toda la tributación. Lo primero, el cambio en la base imponible de varios impuestos.

En concreto, el Catastro utilizará datos individualizados de antigüedad, conservación o precio de compraventa de las viviendas para construir el nuevo valor de referencia inmobiliaria. Esto significa que marcará los límites del pago de los impuestos de Sucesiones, Transmisiones Patrimoniales y Patrimonio, y que según los expertos consultados por LA RAZÓN, será «ostensiblemente más alto que el actual».

Así, base imponible de los impuestos de Sucesiones y Donaciones y de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados pasará de ser el valor real al valor de mercado, que en el caso de los inmuebles se asimila al valor de referencia calculado por el Catastro. Este valor de referencia es distinto del valor catastral –que es el que se utiliza, por ejemplo, para el pago del impuesto de bienes inmuebles (IBI), que no se verá modificado– y de nueva creación, ya que aunque estaba previsto en los Presupuestos de 2018 nunca llegó a materializarse.

De este modo, el Gobierno retoma con esta ley su intención de construir el valor de referencia de los inmuebles bajo la premisa de valoraciones individualizadas de cada inmueble, teniendo en cuenta cuestiones como la calidad constructiva, la antigüedad, el estado de conservación o la superficie si, por ejemplo, se han realizado ampliaciones. Se utilizarán para ello datos obtenidos de declaraciones de ciudadanos y comunicaciones de ayuntamientos, notarios y registradores y se complementará con datos de precios de compraventa, explican fuentes de Hacienda.

Esto significa de facto un incremento del valor de referencia, ya que hasta ahora la base imponible del impuesto era el valor real, que se equiparaba o bien al precio de compraventa o a un valor objetivo asignado por las comunidades autónomas en función de factores como el precio de la zona, generalmente más alto, algo que ha sido rechazado reiteradamente en los tribunales.

Pese a que Hacienda defiende que se va a corregir una anomalía que los tribunales consideran poco concreto, sigue insistiendo en que no se va a producir una subida de impuestos «porque el futuro valor de referencia no podrá superar nunca el valor de mercado». Pero los expertos no lo comparten y aseguran que la subida impositiva se producirá seguro para los que hayan adquirido una vivienda a un precio alto –por ejemplo los que lo hicieron en plena burbuja inmobiliaria–, ya que la nueva normativa da por hecho «que el precio declarado de compraventa es fraudulento y, por eso, establece un objetivo que, por falta de información, difícilmente reflejará el estado real y valor de cada vivienda», explicó a Efe José Pedreira, de Aedaf, que advierte de que «los impuestos serán evidentemente más altos».

Esta nueva normativa se aplicará en el impuesto de Patrimonio de las nuevas adquisiciones inmobiliarias a partir de enero de 2022, por lo que las propiedades preexistentes a esa fecha seguirán manteniendo el valor actual, aunque el valor final de referencia tendrá que concretarse una vez que se apruebe la LeyAntifraude, que también recoge otras muchas actualizaciones y medidas.

Ayer, el Grupo Socialista en el Senado presentó una enmienda para reinstaurar la subida del impuesto de matriculaciones revertida durante el trámite de esta norma en el Congreso. Propone volver a los tipos vigentes desde enero, es decir, cero para vehículos con emisiones inferiores a 120 gramos de CO2 por kilómetro y el resto un aumento gradual conforme lo hacen las emisiones.

Además, la Ley limita los pagos en efectivo a un máximo de 1.000 euros; se rebaja a 600.000 euros el umbral de entrada en la lista de morosos; se eliminan las ventajas fiscales asociadas a la figura del pacto sucesorio o herencia en vida; se endurece el control de las sicavs; se establece un gravamen especial sobre el beneficio no distribuido de las socimis del 15%; y se prohíben las amnistías fiscales y el denominado software de doble uso para evitar la manipulación contable.