SEPE

Estos son los subsidios que puede solicitar tras agotar el paro

Desde el Servicio Público de Empleo Estatal se ofrecen diferentes subsidios a los que pueden acceder los desempleados después de que se les acabe la prestación contributiva

Una persona saca dinero de un cajero de una entidad bancaria
Una persona saca dinero de un cajero de una entidad bancariaEmilio NaranjoAgencia EFE

El desempleo es una situación que se da cada vez con mayor frecuencia, es por ello que desde el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ofrecen una prestación contributiva para los trabajadores que hayan perdido su empleo de forma involuntaria.

No obstante, esta ayuda tiene fecha de caducidad, ya que puede ir desde los cuatro meses hasta un máximo de dos años, la cual dependerá de las cotizaciones obtenidas por los afectados durante los últimos seis meses. Por lo tanto, si los parados agotan dicha prestación, estos tendrán derecho a solicitar uno de los subsidios por desempleo con los que cuenta el Ejecutivo español.

Ayuda familiar del SEPE

Tras agotar la prestación contributiva, los desempleados que cuenten con cargas familiares podrán solicitar esta ayuda. Asimismo, en el caso de que el cónyuge dependa económicamente del solicitante podrá acceder a este subsidio y los hijos al cargo deberán tener menos de 26 años. La duración varía en función de la edad del desempleado así como el paro que haya percibido.

  • Si es desempleado menor de 45 años y ha agotado un paro menor a cuatro meses, le corresponden 18 meses de subsidio (un año y seis meses).
  • Si el desempleado es menor de 45 años, pero ha agotado un paro superior a cuatro meses, le corresponden 24 meses de subsidio (dos años).
  • Para desempleados mayores de 45 años y que hayan consumido un paro inferior a cuatro meses podrán cobrar este subsidio durante 24 meses (dos años).
  • Si son parados mayores de 45 años y el paro consumido es superior a cuatro meses, el subsidio será de 30 meses (dos años y seis meses).

Subsidios para mayores de 45 años

Estas personas que se encuentran en situación de desempleo tienen grandes dificultades para acceder al mercado laboral, es por ello que el Ministerio de Trabajo y Economía Social cuenta con esta ayuda. Para los desempleados que sean mayores de 45 años que no tengan cargas familiares y hayan agotado su prestación contributiva, podrán solicitar esta ayuda económica que asciende a los 451,92 euros mensuales.

Asimismo, es indispensable cumplir una serie de requisitos como que estén inscritas como demandantes de empleo durante un mes desde que se agota la prestación, que no hayan rechazado una oferta de colocación adecuada y que no ingresen más del 75% delSMI.

Tras agotar este subsidio, en el caso de que el solicitante no consiguiera un empleo, desde el SEPE inciden en que estos tendrán derecho a pedir la Renta Activa de Inserción, con una duración de 33 meses (3 prorrogas de 11 meses) y con una cuantía de 451 euros por mes.

Subsidio para mayores de 52 años

Si eres una persona mayor de 52 años que además ha agotado la prestación contributiva, al pertenecer a un colectivo con dificultades para obtener empleo, el SEPE cuenta con un subsidio para estos desempleados. Dicha ayuda asciende a 451 euros mensuales, una cuantía que se cobrará de manera indefinida hasta que cumplan la edad de jubilación.

Para acceder a esta ayuda, desde el Servicio Público de Empleo Estatal, se exige al solicitante que cuente con al 15 años cotizados y, que de esos, dos se encuentren dentro de los últimos 15 años, así como no ingresar más del 75% del SMI.

Subsidio por insuficiencia de cotización

Las personas que hayan trabajado menos de un año, no tienen derecho a una prestación contributiva, es por ello que desde el SEPE se pone a disposición un subsidio por insuficiencia de cotización a los desempleados que hayan perdido de forma involuntaria su empleo.

La cuantía de este subsidio es igual al 80% del indicador público de rentas de efectos múltiples, con lo que ascendería hasta los 451 euros mensuales, cuya duración dependerá de si el solicitante cuenta con cargas familiares o no.

En el caso de que no existente estas responsabilidades, la duración será igual que los meses cotizados (6 meses cotizados, 6 meses de subsidio). No obstante, en el caso de contar con cargas familiares la ayuda durará 3, 4 o 5 meses, si ha cotizado 3, 4 o 5 meses, respectivamente. Si se ha cotizado más de seis meses la duración será de 6 meses, aunque se podrá solicitar nuevas prórrogas de seis meses hasta una duración total de 21 meses.

Subsidio para emigrantes retornados

Este subsidio va destinado a los ciudadanos españoles que se hayan tenido que ir al extranjero por motivos de trabajo, pero hayan retornado a España debido al desempleo. Este subsidio pueden solicitarlo en el caso de que hayan desarrollado una actividad laboral fuera y, al volver, no tienen derecho a recibir la prestación contributiva. Otro requisito diferente a los comunes es que deben haber trabajado al menos seis meses en el extranjero desde la última salida de España y haber retornado en los 12 meses anteriores a la solicitud.

Ayuda económica para personas con pensión de incapacidad

En el caso de las ayudas económicas a personas con discapacidad, estas se ofrecen desde el SEPE cuando una persona deja de cumplir los requisitos para cobrar la pensión por incapacidad de la Seguridad Social.

Este es un subsidio que al igual que el resto de los subsidios por desempleo, es de 451 euros mensuales, el 80% del IPREM. Para poder percibir dicha ayuda por parte del SEPE, el solicitante debe cumplir una serie de requisitos como tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%, así como estar inscrito ininterrumpidamente en la oficina de empleo como demandante de empleo durante 12 o más meses.