Funcionarios

El Gobierno blinda por ley las plazas fijas de los interinos públicos de larga duración

El Congreso aprueba el proyecto de ley que proyecta que las plazas cubiertas con trabajadores con contrato temporal durante, al menos, cinco años sean consolidadas en un concurso de mérito

Una mujer en una concentración contra el proyecto de ley sobre los interinos, frente al Congreso de los Diputados, a 27 de noviembre de 2021, en Madrid
Una mujer en una concentración contra el proyecto de ley sobre los interinos, frente al Congreso de los Diputados, a 27 de noviembre de 2021, en MadridGustavo ValienteEuropa Press

Los trabajadores interinos de la administración pública que pasen al menos cinco años cubriendo el mismo puesto conseguirán plaza fija mediante un concurso de méritos sin necesidad de opositar. Este ha sido el proyecto de ley aprobado este jueves en el Pleno del Congreso y que ahora se enviará al Senado para así reducir la temporalidad en el empleo público. La norma ha salido adelante con 170 votos a favor, 5 en contra y 156 abstenciones.

Este proyecto se originó en el decreto ley acordado por el entonces ministro de Función Pública, Miquel Iceta junto con los sindicatos de la Administración, y se salvó de la derogación en el Congreso por un acuerdo del PSOE con Unidas Podemos y Esquerra Republicana.

A pesar de que la semana pasada la Comisión de Hacienda avaló la iniciativa con votos de PSOE, Unidas Podemos, ERC y PNV, será el Pleno del Congreso el que tenga la última palabra sobre la ley y sus enmiendas, al haberse aprobado su avocación. Los partidos del PP y Cs se abstuvieron, mientras que Vox no llegó a votar, recordando su intención de presentar un recurso de inconstitucionalidad contra la norma.

Concurso oposición que puede ser no eliminatoria

Finalmente, el texto aprobado por lea Comisión de Hacienda prevé mayores garantías para los trabajadores interinos con más experiencia. De esta forma, las plazas cubiertas con trabajadores con contrato temporal durante, al menos, los últimos cinco años deberán ser consolidadas en un concurso de mérito, y a partir de los tres años a través de concurso y oposición, dando la opción de que los ejercicios de la fase de oposición no sean eliminatorios.

Asimismo, las plazas que pueden salir por concurso no están condicionadas a no haber sido previamente convocadas, como era la intención original del Ministerio.

Autonomía de CCAA y Ayuntamientos

Dichos procesos se realizarán solo una vez y estos podrán ser objeto de negociación en comunidades autónomas y entidades locales de la administración del Estado, respetando en todo caso los plazos establecidos, según lo dispuesto en una nueva disposición.

Por otro lado, los cambios introducidos en el Congreso también permitirán extender estos procesos explícitamente a las sociedades mercantiles públicas, entidades públicas empresariales, fundaciones del sector público y consorcios del sector público, así como las comunidades forales, País Vasco y Navarra.

También se modifica lo referido a los procesos de 2017 y 2018, que deberán estar resueltas antes de que acabe el año 2024. No obstante la referencia explícita de que estos procesos “seguirán ejecutándose con arreglo a las previsiones de las respectivas convocatorias” se eliminarán.

Agilización de los procesos selectivos

Por otro lado, la norma mandata al Ministerio de Hacienda y Función Pública a elaborar un informe anual de seguimiento de la situación de la temporalidad en el empleo pública, que enviará a la Comisión competente del Congreso. Dicho informe contendrá, como mínimo el detalle funcional con escala autonómica y local de todas las situaciones de temporalidad en el empleo público.

Las administraciones públicas deberán asegurar el cumplimiento del plazo establecido para la ejecución de los procesos selectivos mediante la adopción de las medidas apropiadas para el desarrollo ágil de los procesos selectivos, tales como la reducción de plazo, la digitalización de los procesos o la acumulación de pruebas en un mismo ejercicio, entre otras.

Las convocatorias de estabilización que se publiquen podrán prever para aquellas personas que no superen el proceso selectivo su inclusión en bolsas de personal funcionario interino o de personal laboral temporal específicas o su integración en bolsas ya existentes. En dichas bolsas se integrarán aquellos candidatos que, habiendo participado en el proceso selectivo correspondiente, y no habiendo superado éste, sí hayan obtenido puntuación que la convocatoria considere suficiente.