Autónomos
Bruselas propone regularizar a 4,1 millones de riders considerados falsos autónomos
La Comisión Europea establece una serie de criterios para que estos trabajadores disfruten de protección social y sean contratados por las plataformas
La Comisión Europea ha propuesto hoy una nueva legislación para regularizar la situación de los denominados “riders” (repartidores) y todas las personas que ofrecen sus servicios a plataformas como Uber, Deliveroo o Glovo. El propósito de esta iniciativa es otorgar a estas personas el estatus de trabajador y todos los derechos aparejados: salario mínimo (dónde exista), negociación colectiva, seguro médico y derecho a paro entre, otros. Según los cálculos de Bruselas, actualmente existen 500 plataformas de trabajo en la UE, la mayoría de ellas establecidas a nivel nacional, que emplean a 28 millones de personas.
Todo indica que esto es sólo el principio ya que, según los mismos cálculos, para 2025 este número llegará a los 43 millones. Sin embargo, el 55% de estas personas ganan menos por hora que la proporción del salario mínimo en los países en los que trabajan. Además, estos trabajadores emplean de media casi nueve horas por semana de su tiempo en tareas no remuneradas. Según los datos que baraja la Comisión Europea, el 90% de estas personas que ofrecen sus servicios a estas plataformas son considerados autónomos sin derechos laborales pero Bruselas considera que alrededor de cinco millones y medio son realmente falsos autónomos.
Con esta nueva normativa, la Comisión Europea cree que las plataformas ajustarán su modelo de negocio para que algunos de estos trabajadores sean autónomos reales, como modo de rebajar los gastos laborales. Por eso, la Comisión Europea calcula que la regularización afectará a entre 1,7millones y 4,1 millones de estos trabajadores.
Criterios
Para distinguir aquellos autónomos de los que realmente no lo son, Bruselas propone establecer una lista de criterios sobre si la plataforma digital ejerce el control sobre estos prestadores de servicios y, por lo tanto, si se puede considerar a este proveedor de servicios un trabajador dentro de la plantilla. Si en esta relación laboral, se cumplen al menos dos de los criterios establecidos, la plataforma tiene el deber de contratar a este trabajador para que forme parte de la plantilla y disfrute de los derechos laborales que fija cada legislación nacional.
Entre estos criterios se encuentran el nivel de remuneración, la posibilidad de trabajar para otros clientes, la supervisión mediante herramientas electrónicas, la libertad para fijar las horas de trabajo, encargos o elegir sustitutos o la obligación de llevar uniformes. “Los criterios claros que propone la Comisión aportarán a las plataformas una mayor seguridad jurídica, reducirán los costes de litigios y facilitarán la planificación empresarial”, asegura el texto presentado esta mañana.
Para que esta nueva normativa se cumpla, la Comisión Europea quiere que las autoridades nacionales refuercen las inspecciones y que estas plataformas informen a cada país sobre su número de empleados y condiciones.
Actualmente algunos países europeos como España ya han establecido por ley un mayor nivel de protección para estos trabajadores, pero esta propuesta que ahora mismo debe pasar el visto bueno de las capitales europeas y el Parlamento Europeo pretende evitar la fragmentación regulatoria dentro del territorio europeo, debido a la multiplicación de litigios en los últimos años debido al auge de este tipo de economía colaborativa.
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