SEPE
Así sube la cuantía del subsidio para mayores de 52 años en 2022
La cantidad mensual de esta ayuda está ligada al indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM), que al aumentar con el inicio del año también conlleva un incremento de esta prestación
A partir de febrero, los beneficiarios del subsidio para mayores de 52 años comenzarán a percibir 11,28 euros más al mes. Este subsidio está dirigido a aquellos trabajadores que han agotado la prestación contributiva de desempleo y carecen de rentas, y destaca por el único que cotiza para la jubilación y que da cobertura a las personas desempleadas hasta que cumplan la edad de retirarse. Su cuantía está ligada al indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM), que al subir en 2022 conlleva un aumento de la prestación. Además, como el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) subió el pasado mes de septiembre de 950 a 965 euros mensuales, también será más fácil acceder al subsidio, ya el nivel de ingresos mínimos que deben cumplir los solicitantes también aumenta y se abre la puerta a que puedan cobrarlo parados con mayor nivel de ingresos.
¿Cuánto se cobra?
La cuantía mensual de este subsidio es igual al 80% del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM). Tal y como recogen los Presupuestos Generales del Estado (PGE) para 2022, el IPREM sube de los 564,90 euros a los 579,02 euros mensuales. Por lo tanto, el subsidio para mayores de 52 años pasará de los 451,92 euros mensuales a 463,21 euros al mes (80% de 579,02), lo que supone 11,28 euros al mes para el bolsillo de los 650.000 beneficiarios actuales.
Requisitos para solicitarlo
-Estar desempleado.
-No tener la condición de persona trabajadora fija discontinua.
-Estar inscrito como demandante de empleo durante un mes desde que se agote la prestación por desempleo.
-No haber rechazado ofertas de empleo o cursos de formación durante ese mes.
-Carecer de rentas propias de cualquier naturaleza que en cómputo mensual sean superiores al 75% del SMI. Si no cumpliera este requisito en la fecha del hecho causante, podrá acceder al subsidio si lo cumple y lo acredita dentro del plazo de un año desde entonces.
-Tener 52 años o más en la fecha en que se cumplan los requisitos para acceder al subsidio. No obstante, este requisito no es imprescindible. “Si en la fecha en que se encuentre en alguno de estos supuestos no hubiera cumplido la edad de 52 años, pero desde dicha fecha permaneciera inscrito o inscrita ininterrumpidamente como demandante de empleo en los servicios públicos de empleo, podrá solicitar el subsidio cuando cumpla esa edad”, señala el SEPE. Además, no se tendrán en cuenta las posibles interrupciones inferiores a 90 días o que correspondan a periodos de actividad por cuenta propia o ajena.
-Acreditar que reúne todos los requisitos, salvo la edad, para acceder a la jubilación (es decir, haber cotizado al menos 15 años, de los cuales 2 años han de estar dentro de los últimos 15).
-Haber cotizado por desempleo un mínimo de 6 años a lo largo de su vida laboral.
Cómo solicitarlo
Puede presentar la solicitud a través de: la sede electrónica del SEPE; en la oficina de prestaciones (tras la obtención de cita previa en la sede electrónica del SEPE o por teléfono); en cualquier oficina de registro público o por correo administrativo. En cuanto a la documentación necesaria para tramitar la solicitud del subsidio, el SEPE requiere el modelo oficial de solicitud; el DNI, NIE o pasaporte; cualquier documento bancario en el que figure el número de cuenta de la que usted sea titular y donde desee percibir la prestación; y solamente si el SEPE lo solicita, el justificante de rentas.
¿Hasta cuándo se cobra?
El subsidio por desempleo para mayores de 52 años se percibirá hasta que el beneficiario alcance la edad ordinaria de jubilación, siempre y cuando siga cumpliendo los requisitos exigidos. También hay que tener en cuenta que este subsidio es el único que cotiza para la jubilación y permite completar el tiempo necesario para el acceso a la jubilación anticipada forzosa o involuntaria (4 años antes de la edad de jubilación ordinaria).
Obligaciones durante el cobro de la prestación
Para mantener el derecho al subsidio, el beneficiario debe justificar que sigue cumpliendo el requisito de carencia de rentas propias. Para ello, debe presentar ante el SEPE una declaración de sus rentas cada 12 meses, a contar desde la fecha del nacimiento del derecho al subsidio o desde la fecha en que lo reanudó por última vez. El plazo para presentar esta declaración es de 15 días a partir de aquel en el que se cumplan los 12 meses. El SEPE lo ha recordado recientemente a través de su cuenta de Twitter.
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