Impuestos

Así afecta recibir una herencia a la declaración de la Renta

Hay supuestos en los que también se debe tributar en el IRPF tras pagar el impuesto de Sucesiones y la plusvalía municipal

El pago de impuestos es quizás uno de los aspectos que más incertidumbre genera entre los herederos. Los plazos, las cuantías que hay que abonar en concepto de Impuesto de Sucesiones y de plusvalía municipal para recibir la herencia y el miedo a dejar algún cabo suelto son sus principales preocupaciones, pero la inquietud se extiende también al momento de presentar la declaración de la Renta. La plataforma de reclamaciones online Reclamador.es resuelve las principales dudas de los herederos al enfrentarse al IRPF.

¿Si se paga el impuesto de Sucesiones, hay que declararlo en el IRPF?

El impuesto de Sucesiones grava la ganancia patrimonial obtenida por lo adjudicado en herencia y se debe liquidar en un plazo de seis mesesdesde el momento del fallecimiento del causante si los herederos quieren beneficiarse de la mayor parte de las bonificaciones fijadas por cada comunidad autónoma, y de un año si lo prefieren, para no estar sometidos a algunas de las limitaciones que implican esas bonificaciones, explica Reclamador.es. Una vez liquidada dicha ganancia patrimonial “no hay que incluirla en la declaración de la Renta”, aclara la plataforma de reclamaciones.

¿Hay que declarar la herencia como tal?

“La herencia entendida como tal, por ejemplo, heredar una vivienda, no hay que declararla en el IRPF, pero sí se debe incluir en la declaración de la Renta los beneficios que obtiene el heredero de los bienes heredados. Es decir, los rendimientos que se obtienen o que se generan con lo heredado, por ejemplo la renta del alquiler, que es el supuesto más frecuente”, explica Reclamador. Por lo tanto, lo que hay que tener en mente en el IRPF son las rentas generadas por la herencia recibida.

Si se hereda un inmueble destinado al alquiler que genera rendimientos, estos deberán ser declarados en el impuesto sobre la Renta. En el caso de vender la vivienda heredada, no solo se tendrá que abonar la plusvalía municipal al ayuntamiento correspondiente, sino que el heredero también deberá declarar la ganancia patrimonial conseguida con la venta del inmueble heredado en la Renta. Además, hay que tener en cuenta que el reciente cambio en el método de cálculo de la plusvalía municipal, después de que el Tribunal Constitucional declarase nulo el anterior mecanismo. Por otro lado, si los herederos reciben acciones o depósitos bancarios que les generan unos rendimientos, dichas ganancias sí deben ser declaradas en el IRPF. Y respondiendo a otra de las dudas más frecuentes, Reclamador.es explica que el dinero en efectivo heredado solo se debe declarar en el impuesto de Sucesiones, pero no en la Renta.

¿La persona fallecida está obligada a presentar la declaración de la Renta?

Aunque pueda parecer extraño, sí. Las personas fallecidas deben rendir cuentas a Hacienda en la declaración de la Renta, pero como es imposible que lo hagan, la obligación recae sobre sus herederos. Claro está, siempre y cuando las rentas que percibieran dicho año hayan superado los límites de la obligación de declarar. El umbral se estable en 22.000 euros anuales de rentas del trabajo procedentes de un solo pagador y baja a 14.000 euros si proceden de más de un pagador y si la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes pagadores superan los 1.500 euros anuales.