Impuestos

Hacienda confirma que las transmisiones realizadas entre el 26 de octubre y el 9 de noviembre quedan exentas de pagar plusvalía

La Dirección General de Tributos reconoce que las compraventas y herencias de inmuebles realizadas en esos días tienen que presentar la declaración del impuesto, pero no pagarlo

El Ministerio de Hacienda confirma oficialmente que las transmisiones de inmuebles realizadas entre el 26 de octubre, cuando el Tribunal Constitucional tumbó la anterior plusvalía municipal, y el 9 de noviembre, último día de “vacío legal” hasta que entró en vigor la nueva normativa, quedan exentas de tributar por ese impuesto. En concreto, Hacienda ha reconocido que la suspensión por parte del Tribunal Constitucional del impuesto de la plusvalía municipal en octubre del pasado año dejó un “vacío normativo” hasta la aprobación del nuevo sistema, un periodo en el que no sería obligatorio pagar el impuesto. En una consulta resuelta por la Dirección General de Tributos, adelantada este miércoles por “Expansión”, Hacienda aclara que las compraventas y herencias de inmuebles realizadas en esos días tienen que presentar la declaración del impuesto, pero no pagarlo.

El decreto-ley que reforma el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, conocido como plusvalía municipal, entró en vigor el 10 de noviembre después de su publicación en el BOE quince días después de que el Tribunal Constitucional tumbase la anterior normativa. En una sentencia del 26 de octubre de 2021, el Constitucional anuló varios aspectos relativos al cálculo del impuesto, al considerar que no tenía en cuenta la realidad del mercado inmobiliario ni la capacidad económica del contribuyente, aunque puntualizó que no se podía reclamar el pago con efecto retroactivo, salvo en caso de que hubiera una reclamación en curso

El decreto que vino a sustituir la normativa anulada, sin embargo, no puede aplicarse con carácter retroactivo, lo que impide a los ayuntamientos cobrar por las operaciones que se han realizado entre el pasado 26 de octubre, día de su suspensión por el TC, y el 9 de noviembre. Según estimaron los Técnicos de Hacienda (Gestha), cada mes de impasse supone una pérdida de unos 170 millones en las arcas municipales según la recaudación prevista para 2021, por lo que los quince días de vacío normativo en los que estuvo sin aplicarse les habrían costado a los consistorios unos 85 millones.

Aunque los expertos del sector lo daban por hecho, ahora, en respuesta a una consulta formulada por un contribuyente, Hacienda confirma que en esos días se produjo un “vacío normativo” sobre la forma de determinar la base imponible “que impide la liquidación, comprobación, recaudación y revisión de este tributo local y, por lo tanto, su exigibilidad”. Así, las transmisiones de inmuebles realizadas entre el 26 de octubre y el 9 de noviembre de 2021 están obligadas a presentar la declaración del impuesto de la plusvalía, ya que existe el hecho imponible, pero el contribuyente “no está obligado al pago del impuesto” porque se encontraban suspendidos el método de cálculo y, por lo tanto, su liquidación y exigibilidad.

El impuesto de plusvalías es, tras el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), la segunda mayor vía de recaudación de los ayuntamientos, con unos ingresos estimados de 2.075 millones de euros para este año. En el caso de los consistorios de la Comunidad de Madrid supone 688 millones de euros, mientras que en las de Cataluña asciende a 455 millones y en Andalucía, 333 millones.