Movilidad
Aprobadas las mejoras para el transporte por carretera y de compensación para las constructoras por la subida de precios en obra pública
El decreto con las medidas ha recibido hoy luz verde del Consejo de Ministros
El Consejo de Ministros ha dado hoy luz vez al decreto que recoge las medidas que el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma) prometió al sector del transporte de mercancías por carretera para que no fuese a la huelga entre los pasados días 23 y 26 de diciembre. El pacto alcanzado entre la Confederación Española de Transporte de Mercancías (CETM), Fenadismer y Astic, patronales integradas en el Comité Nacional del Transporte por Carretera (CNTC) con el Mitma contempla la prohibición de la participación del conductor en las operaciones de carga y descarga, salvo determinadas especialidades que por su idiosincrasia requieren su participación, como es el caso de los transportes de mudanzas, vehículos cisternas, portavehículos, vehículos grúas, paquetería y repartos de carga fraccionada a los puntos de venta. En estos casos, el transportista recibirá una remuneración diferenciada a la del porte, que deberá venir además desglosada en la factura. Dicha regulación entrará en vigor en seis meses para permitir que los titulares de los centros de carga y descarga puedan contratar y formar a carretilleros y mozos de almacén. El incumplimiento de dicha prohibición será sancionado como infracción muy grave con multas de hasta 4.600 euros.
El decreto también establece la obligatoriedad, sin posibilidad de pacto en contrario, de actualizar las tarifas de transporte que los transportistas perciben de sus clientes a las variaciones del precio del gasóleo, lo que se aplicará a todos los contratos continuados de transporte, ya sean escritos como verbales (más del 80% de la contratación en el sector del transporte se realiza de forma verbal), aplicando para ello la fórmula prevista en la vigente Orden Ministerial de condiciones de contratación, esto es, un 30% del porcentaje de subida del gasóleo para los camiones de mayor tamaño
(de más de 20 toneladas), un 20% para los camiones medianos (entre 3´5 y 20 toneladas) así como para los camiones de obras y un 10% para los camiones de hasta 3.5 toneladas. A fin de poder repercutir la fuerte subida del gasóleo habida los últimos meses, el Decreto Ley incluye una Disposición Adicional que contempla la obligación de aplicar la citada fórmula teniendo en cuenta la subida del gasóleo en los últimos 12 meses. En el caso de los transportistas que tuvieran un contrato escrito con su cliente en la que ya incluyeran una fórmula de revisión diferente, dispondrán de seis meses para adaptarlo a la nueva regulación.
Empresas extranjeras y peajes
También se contempla un mayor control de las empresas de transporte extranjeras que trabajan en España para evitar la competencia desleal y se reduce por ley a una hora el plazo máximo establecido de espera de los camiones en los centros de carga y descarga para que se realicen dichas tareas, transcurrido el cual, el transportista tendrá derecho a exigir a su cliente una indemnización por paralización.
Junto a estas medidas, los transportistas lograron otros compromisos del Ministerio, como no implantar peajes al transporte pesado sin el consenso del CNTC. En cuanto al posible aumento de la capacidad de carga de los camiones, el acuerdo también contemplaba que cualquier modificación se hará de forma progresiva y solo en determinadas especialidades del transporte, siempre con la participación del CNTC medida adoptada en aras de la sostenibilidad y eficiencia y como manifestación del compromiso del sector del transporte con la mejora del medioambiente, concluye la nota.
Las patronales del sector han mostrado su respaldo a la norma. Fenadismer espera que sea respaldada por los grupos parlamentarios en su tramitación en el Congreso de los Diputados. Para Astic, “representa un gran paso para el sector” porque se han atendido algunas de sus reivindicaciones históricas.
Dentro de este decreto, el Ministerio también ha incluido una norma que persigue amortiguar el impacto que la subida de los precios de las materias primas está ocasionando en la obra pública española, fijando finalmente en un 5% el alza mínima de los materiales para que las empresas puedan acogerse a esta revisión de precios excepcional. Así, se considerará que existe este impacto cuando el incremento del coste de materiales siderúrgicos, materiales bituminosos, aluminio o cobre exceda de ese 5%. En cualquier caso, cualquier variación en el presupuesto se limitará al 20% del importe original del contrato. Las constructoras habían advertido a comienzos de año de que cientos de concursos de obra pública estaban quedando desiertos porque el incremento de las materias primas no se reflejaba en los pliegos de las licitaciones y a las empresas no les compensaba encargarse de unos trabajos que tenían que hacer a pérdidas.
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