Banca

¿Qué comisión cobra cada banco por ingresar efectivo en cuentas corrientes?

Esta se suele aplicar a no clientes y oscila entre 2 y 10 euros. La OCU exige a la banca su eliminación por considerarla abusiva y perjudicar a los colectivos más vulnerables, como los mayores

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El Ayuntamiento de Salamanca aborda la brecha digital en las gestiones bancarias con las personas mayoresEUROPA PRESSEUROPA PRESS

Muchos bancos cobran comisiones a las personas que realizan ingresos en efectivo en cuentas corrientes y que no son clientes de la entidad, pero ¿es legal? La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) choca con el Banco de España y exige a la banca que deje de cobrar esta comisión que considera “abusiva” y que perjudica a los consumidores más vulnerables, como las personas mayores, a favor de las que se ha creado un protocolo para acabar con su exclusión financiera.

¿Cuánto cobra cada entidad?

Prácticamente todas las entidades cobran comisiones a los no clientes que ingresan dinero en sus ventanillas. Las comisiones son de importes variables, pero alcanzan los 10 euros, que es la cuantía que cobra el Banco Santander. No es el único: 7 euros cobra Kutxabank, 6 euros Caixabank, Liberbank, Laboral Kutxa y Caja Rural del Sur, 5 euros el Banco Sabadell, Abanca y Deutsche Bank, 4,80 euros Ibercaja, 3 euros BBVA, Unicaja y Cajamar y 2 euros Bankinter y Caja Rural de Soria.

¿Qué dice el Banco de España sobre esta comisión?

El Banco de España establece que realizar un ingreso en efectivo en una cuenta se considera un servicio que entra dentro del servicio de caja inherente al contrato de cuenta. Este servicio de caja obliga a la entidad de crédito a aceptar la realización de cobros y pagos en efectivo con cargo a la cuenta. Por tanto, dado que el servicio de caja se retribuye a través de la comisión de mantenimiento, el Banco de España considera improcedente el cobro de cualquier otra comisión.

Sin embargo, el organismo no cierra la puerta al cobro de comisiones, pues entiende que lo que no procede es cobrar comisiones por el simple ingreso en efectivo… pero si la acción va más allá y, por ejemplo, el ordenante desea que conste el concepto del ingreso, el Banco de España considera que las entidades están prestando un servicio adicional, lo que las habilita para cobrar una comisión.

¿Qué dice la OCU y los tribunales?

La Organización de Consumidores y Usuarios considera esta comisión abusiva, así como distintos tribunales, que no comparten la visión del Banco de España. Así lo consideró el Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Vitoria en 2017 y más recientemente la Audiencia Provincial de Álava, resolviendo una acción de cesación promovida por EKA-ACUV. Esta última sentencia confirma que cobrar una comisión por ingresar en efectivo en ventanilla por parte del no titular constituye una práctica abusiva y por tanto nula.

¿Qué pide la OCU?

A pesar de ello, las entidades han seguido aplicando la comisión. “Las entidades reconocen abiertamente que este tipo de comisiones tiene un carácter disuasorio, y su objetivo es animar a los clientes a usar otras opciones, como la banca online o la realización de transferencias a través de cajeros. Sin embargo, con estas medidas perjudican a los consumidores más vulnerables, personas mayores, personas sin competencias digitales, habitantes de núcleos rurales...”, denuncia la OCU.

“En unos momentos en los que está en tela de juicio la actuación de las entidades bancarias respecto a los colectivos de usuarios más vulnerables, principalmente personas mayores, es incomprensible el cobro de esta comisión, que además ha sido ya declarada abusiva”, añade la Organización de Consumidores y Usuarios.