Jubilación

Aviso de la Seguridad Social sobre las cuentas bancarias de los pensionistas

Es necesario informar al organismo si se produce un cambio de entidad para seguir cobrando la prestación

Imagen de archivo de varias mujeres jubiladas
Imagen de archivo de varias mujeres jubiladasEUROPA PRESSEUROPA PRESS

Cambiar de banco es como hacer una mudanza. No solo basta con entrar a vivir, sino que hay que trasladar todas nuestras pertenencias de la antigua a la nueva vivienda. En el caso de una cuenta bancaria ocurre lo mismo. La facturas domiciliadas de suministros, de telefonía, de plataformas de streaming y el ingreso del salario o pensión también deben moverse de una entidad a otra, y eso conlleva una serie de trámites extra. En el caso de los pensionistas, la Seguridad Social explica a través de sus redes sociales cómo informar de este cambio al organismo de forma sencilla en distintos supuestos.

¿Cuándo se encarga el banco de comunicar el cambio?

El pasado 1 de octubre entró en vigor el Protocolo de Variación de Cuentas Bancarias, en el que ya participa la gran mayoría de las entidades bancarias. Este nuevo protocolo permite que, cuando un ciudadano modifique su cuenta bancaria, su nueva entidad financiera comunique cambio de la cuenta en su nombre ante la Seguridad Social. “La mayoría” de las entidades ofrecen el servicio, afirma la Seguridad Social en su cuenta de Twitter @incluinfo, por lo que el organismo aconseja preguntarlo para evitar desplazamientos y trámites innecesarios.

Con la entrada en vigor de este servicio, basta con autorizar a la entidad bancaria a que comunique su cambio de cuenta a la Seguridad Social para seguir percibiendo puntualmente su prestación, sin necesidad de realizar nuevas gestiones o comunicaciones. De esta forma, los pensionistas se liberan de esta responsabilidad. Para su tranquilidad, recibirán una confirmación de dicho cambio tanto por correo electrónico como por SMS a su teléfono móvil, si este ha sido registrado previamente en la Seguridad Social. Eso sí, este mecanismo es aplicable únicamente a pensiones, prestaciones familiares y el Ingreso Mínimo Vital.

Informar personalmente por internet

Si desea realizar usted mismo el cambio o no puede mediante su banco ya que no forma parte de las entidades colaboradoras de la Seguridad Social, puede hacerlo por internet. Podrá comunicar el cambio de cuenta por Registro Electrónico. Para ello, deberá seguir los siguientes pasos:

-Identificarse en Tu Seguridad Social.

-Pulsar sobre el enlace “Gestiona tu prestación”.

-Selecciona la prestación en la que desea modificar la cuenta bancaria.

-Pulsar sobre el botón “Gestionar”.

Debe tener en cuenta que si accede como interesado con Usuario + Contraseña (Cl@ve permanente), para garantizar un mayor nivel de seguridad, se le enviará un código vía SMS al número de móvil que deberá introducir para poder acceder. En cambio, si accede como representante, debe solicitar al representado que le comunique el código que recibirá en su móvil por SMS para confirmar la representación y adjuntar al final del servicio el documento normalizado de representación. Y si accede como apoderado, deberá estar inscrito en el Registro Electrónico de Apoderamientos.

Por último, una vez realizado el trámite recibirá un “acuse de recibo” en formato PDF y en unos días el cambio será realizado. Si no recibe el mensaje de confirmación o, en su caso, recibe un mensaje de error o deficiencia de la transmisión deberá realizarse la presentación en otro momento o utilizar otros medios, subraya la Seguridad Social.

Informar en una oficina de la Seguridad Social

La vía presencial es quizás la más tediosa, ya que requiere el desplazamiento del pensionista, pero sigue siendo una opción para aquellas personas que no sepan o no hayan podido comunicar el cambio por internet o mediante su banco. Para realizar el trámite presencialmente en una oficina de la Seguridad Social, hay que pedir cita previa al organismo. Puede hacerlo llamando a uno de los teléfonos de atención 24 horas: 901 10 65 70 y 91 541 25 30.