IRPF

Ya puede pedir cita para tramitar la declaración de la Renta por teléfono con el Plan ‘Le Llamamos’

Este martes 3 de mayo comienza el plazo de solicitud y el periodo de presentación telefónica arranca el 5 de mayo

Una empleada trabaja en una oficina de la Agencia Tributaria
Una empleada trabaja en una oficina de la Agencia TributariaMarta Fernández JaraEuropa Press

Los contribuyentes menos habituados a las nuevas tecnologías o que prefieran que experto les guíe para confeccionar su declaración pueden solicitar cita previa para el Plan ‘Le Llamamos’ de la Agencia Tributaria desde este martes 3 de mayo. El plazo para solicitar cita previa arranca hoy, pero las primeras llamadas para confeccionar la declaración por teléfono tendrán lugar a partir del 5 de mayo. Este servicio de confección telefónica se prestará hasta el último día de la campaña de 2021 (30 de junio), aunque el plazo para concertar cita previa termina un día antes, el 29 de junio. La capacidad de atención de este servicio se mantendrá al mismo nivel que el año pasado, cuando permitió que se realizaran 1.153.000 declaraciones por esta vía.

¿Cómo solicitar el servicio ‘Le Llamamos’?

Tiene estas tres vías para pedir cita previa:

-Por internet con NIF/NIE o DNI electrónico, certificado electrónico, Cl@ve PIN o referencia.

-Mediante la app “Agencia Tributaria”.

-Por teléfono: 901 12 12 24 o 91 535 73 26 (servicio automático); o si prefiere que le atienda un trabajador de la Agencia deberá llamar al 901 22 33 44 o 91 553 00 71. Estos dos últimos números están disponibles de lunes a viernes de 9:00h a 19:00h.

Todos los contribuyentes que pidan cita para ser atendidos por este servicios deberán elegir entre horario de mañana o tarde y el sistema (internet o llamada) les propondrá día y horario en el que recibirán la llamada de la Agencia Tributaria.

¿Qué necesito para cuando llame la Agencia Tributaria?

Cuando la Agencia Tributaria le contacte por teléfono, es imprescindible tener a mano el número de referencia del titular o titulares de la declaración, que deberá haber obtenido con antelación. El número de referencia es un sistema de autenticación e identificación exclusivo para personas físicas que se puede obtener en el portal de Renta, en el apartado “Gestiones destacadas” y pulsando el enlace “Obtenga su número de referencia”. Una vez en este punto lo podrá solicitar de tres maneras: mediante Cl@ve PIN; mediante Certificado o DNI electrónico; a través de la casilla 505 de la declaración de Renta de 2020, DNI/NIE y su fecha de validez, expedición o número de soporte.

Además del número de referencia, necesitará el número del DNI de todos los que figuren en la declaración; el número IBAN de cuenta bancaria; las referencias catastrales de todos los inmuebles de su propiedad o en los que viva de alquiler o en otras circunstancias (recibo del IBI); el importe de las cuotas satisfechas a sindicatos y de las cuotas satisfechas a colegios profesionales (si la colegiación es obligatoria): justificante de las cantidades percibidas por seguros cancelados y que hayan sido contratados antes del 31 de diciembre de 1994; así como cualquier justificante que pudiera dar derecho a deducciones autonómicas u otro beneficio fiscal.

Prepare también toda la información sobre: rendimientos del trabajo, rendimientos del capital mobiliario, rendimientos del capital inmobiliario, ganancias y pérdidas patrimoniales, rendimientos de actividades económicas en estimación objetiva (módulos), o regularización por devolución de intereses percibidos de cláusulas suelo.

En los casos de declaraciones con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta la campaña concluirá con anterioridad, el 27 de junio. No obstante, si se opta por domiciliar únicamente el segundo plazo, la misma podrá realizarse hasta el 30 de junio.