Vivienda

Fianza del alquiler: devolución, modelo y plazos

Este depósito sirve como garantía para cubrir aquellos desperfectos que puedan darse en la vivienda o incluso impagos

Una persona cuenta billetes de 50 euros
Una persona cuenta billetes de 50 eurosDreamstime

El mercado del alquiler lleva meses recalentándose ya que el coste de estos inmuebles continúa sin techo, haciendo que en el segundo trimestre la vivienda en alquiler se haya encarecido un 4,2%. Por tanto, no es de extrañar que actualmente los arrendatarios tengan que destinar una mayor cuantía para el pago de la renta, haciendo que algunos tengan que destinar hasta la mitad de sus ingresos para ello, poniendo en una situación delicada a las familias con menos ingresos.

Además, sumado a esto, a la hora de firmar un contrato de alquiler, aquellas personas que quieran entrar a vivir en dicho inmueble tendrán que pagar un mes de fianza como garantía para cubrir aquellos desperfectos que puedan darse en la vivienda o incluso impagos por parte de los propios arrendatarios.

En este sentido, cuando este contrato finalice y si el inquilino ha dejado la vivienda en buenas condiciones, este recuperará la cuantía de la fianza. No obstante, el devolver este depósito siempre constituye uno de los principales focos de conflicto entre caseros e inquilinos, ya que cada una de las partes puede tener una idea contraria sobre el estado de la vivienda, derivando en problemáticas. Entonces, ¿cuándo no se devuelve esta fianza? ¿Existe algún modelo de devolución? ¿Quién debe solicitar esta devolución? Son tantas las dudas al respecto que desde el portal inmobiliario de Idealista resuelven algunas de las preguntas más frecuentes sobre la devolución de la fianza del alquiler.

¿Cuánto tardan en devolver la fianza?

Antes de nada, el inquilino o su representante deberá solicitar dicha devolución ya sea a través de un correo electrónico o llamada telefónica. No obstante, en el caso de que el propietario no conteste, el arrendatario deberá escribir un burofax para que así quede constancia de ello.

Una vez finalizado el contrato y después de dicha solicitud, el propietario tiene un plazo de 30 días para examinar el estado de la vivienda y en caso de que no haya ningún desperfecto, devolver el importe de la fianza. Si el reintegro de este depósito se retrasa, la cantidad tendrá unos intereses de demora. Así lo recoge el el artículo 36.4 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) ya que establece que “el saldo de la fianza en metálico que deba ser restituido al arrendatario al final del arriendo, devengará el interés legal, transcurrido un mes desde la entrega de las llaves por el mismo sin que se hubiere hecho efectiva dicha restitución”.

¿Cómo se puede recuperar la fianza?

Tras la finalización del contrato, si el inquilino no ha causado desperfectos que supongan un gasto económico sustancia, este recuperará la cantidad de la fianza. Por tanto, es recomendable hacer fotografías del inmueble antes de entrar a vivir, así como después del vencimiento del contrato con el objetivo de que no haya posibles disputas sobre su devolución.

Sin embargo, si se han producido destrozos en el inmueble que no sean por el uso normal de la casa; haya impago de rentas; deudas con el propietario; se han efectuado obras sin premiso o si incluso se ha abandonado la vivienda antes de tiempo; estos supuestos pueden ser motivos suficientes para no devolver la fianza del alquiler.

¿Hay que devolver la fianza a los seis meses de alquiler?

Siempre y cuando el inquilino deje todo pagado por abandonar la vivienda antes de tiempo, esta persona podrá recuperar el dinero de la fianza o incluso utilizar esa misma cuantía para cubrir las penalizaciones por el desistimiento del contrato.

El arrendatario podrá desistir del contrato de arrendamiento, una vez que hayan transcurrido al menos seis meses, siempre que se lo comunique al arrendador con una antelación mínima de 30 días. Las partes podrán pactar en el contrato que, para el caso de desistimiento, el arrendatario deba indemnizar al arrendador con una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año del contrato que reste por cumplir. Los períodos de tiempo inferiores al año darán lugar a la parte proporcional de la indemnización”, tal y como establece el artículo 11 de la LAU.

Sin embargo, si el inquilino se va antes de los seis meses, esto no se considerará desistimiento sino incumplimiento el contrato, por lo que el arrendatario tendrá que indemnizar al propietario con la cantidad que acuerden. En el caso de no llegar a un acuerdo, el arrendatario tendrá que indemnizar al propietario pagándole como mínimo las rentas hasta que el contrato alcance el sexto mes o hasta que la casa de vuelva a alquilar.

Modelo de devolución de la fianza

El modelo de devolución de la fianza del alquiler es un documento que no solamente señala la finalización de este contrato, sino también formaliza la devolución de la fianza del alquiler.

En este deben aparecer los datos del contrato en el que figuran los datos del inquilino y propietario, así como la fecha de la firma del contrato de alquiler.

Asimismo, en este modelo se reflejará por escrito que el arrendatario devuelve las llaves al propietario y que este las recibe. Sumado a esto, en dicho documento debe constar el plazo en el que se devuelve la fianza y si esta cantidad ha sido integra o no al haber tenido que subsanar desperfectos. En esta línea, también habrá que dejar constancia de que se entrega dinero en concepto de fianza, emitiendo un recibo con el importe entregado, los datos y firma del destinatario. Si ha pasado más de un mes desde que se entregaron las llaves, el inquilino podrá cobrar intereses al propietario por demorarse en devolverle la fianza.

En el supuesto de que haya deudas de cualquier tipo ya sea por parte del inquilino o propietario, esto deberá quedar reflejado en el documento, así como la constancia de la forma de pago y el plazo.

Finalmente, para que este modelo tenga validez legal, el documento debe ser firmado por ambas partes, así como incluir la fecha de finalización de este contrato.