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DGT

Prohibido renovar el carnet de conducir si padeces alguna de estas enfermedades

La DGT impide que los conductores con ciertas patologías renueven el permiso de conducción

Esta nueva caja negra, se colocará bajo el asiento del conductor y grabará todos los datos significativos en caso de accidente
Esta nueva caja negra, se colocará bajo el asiento del conductor y grabará todos los datos significativos en caso de accidentelarazonfreemarker.core.DefaultToExpression$EmptyStringAndSequenceAndHash@646dbd07

La Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial cada vez está volviéndose más dura y estricta. La creación de normativas y herramientas para reducir la siniestralidad en las carreteras y ciudades van dando sus frutos, así como los castigos y multas más severos en caso de infracción, tal y como busca la Dirección General de Tráfico (DGT). Pero también todo lo que se refiere al carnet de conducir, un permiso que cada vez es más restrictivo.

El permiso de conducción, al igual que el Documento Nacional de Identidad, debe renovarse cada diez años, por norma general. Es necesario pagar una tasa para hacerlo y, además, llevar consigo varios documentos, entre ellos un informe de aptitud psicofísica, el cual debe realizarse en un centro autorizado de la DGT.

Su renovación, por supuesto, es obligatoria, y acarrea una fuerte multa y se conduce con el carnet de conducir caducado. Pero renovarlo no es posible para las personas que no presenten el reconocimiento médico o tengan un resultado desfavorable. Entre las enfermedades que impiden conducir se encuentran las siguientes.

Enfermedades cardíacas

  • Arritmias cardíacas: hasta que no hayan pasado seis meses de haber sufrido esta enfermedad, no podrá prorrogar su licencia. La única excepción sería tener un informe de un cardiólogo que sea favorable y tenga una vigencia de un año.
  • Portadores de marcapasos o de desfibrilador automático: cuando hayan pasado algunos meses tras la colocación y un cardiólogo haya dado el visto bueno, podrán renovar el carnet.
  • Prótesis valvulares cardíacas e infarto agudo de miocardio: deberán pasar tres meses para renovar el carnet de conducir. Además, deberán someterse a revisiones periódicas para prorrogarlo.

Enfermedades crónicas y degenerativas

Con ninguna de estas enfermedades se admite la posibilidad de renovar el carnet de conducir:

  • Alzheimer
  • Artritis reumatoide
  • Distrofia muscular
  • Enfermedad pulmonar obstructiva crónica
  • Esclerosis lateral amiotrófica
  • Osteoporosis
  • Parkinson
  • Temblor esencial

Enfermedades digestivas

  • Nefropatía con diálisis: podrán renovar el carnet de conducir si cuentan con un informe favorable
  • Trasplante renal: solo podrán renovar el carnet de conducir mínimo seis meses después de trasplante, además de contar con un informe favorable.

Enfermedades endocrinas

  • Diabetes Mellitus: podrán renovar el carnet de conducir si cuentan con un informe favorable. Esta enfermedad puede interferir en una conducción segura, por tanto. en caso positivo, se le dará un plazo de uno a cinco años para renovar de nuevo el carnet.
  • Hipotiroidismo y Paratiroides: podrán renovar el carnet de conducir si cuentan con un informe favorable. También es posible que esta enfermedad provoque dificultades en la conducción, por tanto, en caso positivo, se le dará un plazo de uno a diez años para renovar de nuevo el carnet.

Enfermedades neurológicas

  • Accidente isquémico transitorio: podrán renovar el carnet de conducir por un año, si transcurren seis meses sin síntomas y se presenta un informe médico favorable.
  • Crisis o pérdida de conciencia: podrán renovar el carnet de conducir si ha pasado más de un año desde entonces.
  • Epilepsia: podrán renovar el carnet de conducir con una fecha de renovación entre uno y diez años, en función de la última crisis y siempre que haya un informa médico favorable.

Enfermedades oncológicas

  • Dolencias encológicas: podrán renovar el carnet de conducir por un periodo de entre uno y cinco años si han pasado
  • Trastornos oncohematológicos: podrán renovar el carnet de conducir si han pasado diez años desde la remisión completa de la enfermedad. Solo en ese caso, y si se presenta un informe favorable, se podrá renovar el carnet durante un año.

Enfermedades psiquiátricas

Con ninguna de estas enfermedades se admite la posibilidad de renovar el carnet de conducir, salvo que cuenten con un informe médico que certifique que es una afección leve.

  • Abuso y dependencia de alcohol y drogas
  • Demencia y Trastorno de ansiedad
  • Depresión
  • TDH
  • Trastorno de la personalidad
  • Trastorno del desarrollo intelectual
  • Trastorno del sueño
  • Trastorno Obsesivo Compulsivo

Enfermedades respiratorias

  • Apnea del sueño: podrán renovar el carnet de conducir se se cuenta con un índice menor a 15, así como un informe médico favorable.
  • Disnea permanente en reposo o de leve esfuerzo: no se puede renovar el carnet de conducir.

Enfermedades vasculares

  • Aneurisma de grandes vasos: podrán renovar el carnet de conducir con una vigencia de uno a diez años si no existe peligro de rotura de vasos sanguíneos y si se cuenta con un informe médico favorable
  • Disección: podrán renovar el carnet de conducir con una vigencia de uno a dos años tras un plazo de seis meses desde la operación y si se cuenta con un informe médico favorable.

Problemas relacionados con la vista

El glaucoma o las cataratas son los trastornos vinculados a la vista que más riesgo presentan, aunque otros también se incluyen. Estos aspirantes a renovar el carnet deberán presentar un informe favorable del oftalmólogo. Además, quienes sufran de cataratas deberán esperar un mes después de la operación para renovar el carnet.