Prestaciones
¿Puedo cobrar el paro y hacer prácticas a la vez?
Las personas desempleadas y estudiantes corren el riesgo de perder su prestación si no cumplen los siguientes requisitos establecidos por el SEPE
Si está cobrando el paro y estudiando al mismo tiempo, es probable que vaya en busca de una mejora laboral. Tanto los grados de formación, las carreras universitarias y másteres ofrecen a sus estudiantes una amplia bolsa de prácticas para que estos consigan su primer empleo en el sector en el que han decidido especializarse. En el caso de las personas desempleadas y estudiantes, la gran duda que puede surgir es si pierden el derecho a cobrar el paro o subsidio por desempleo al conseguir una beca de prácticas. El Servicio de Empleo Público Estatal (SEPE) aclara esta cuestión a través de su cuenta de Twitter.
El SEPE explica en su página web que la prestación por desempleo, más conocida como el paro, y el subsidio por desempleo compatibles con las prácticas formativas cuando se den las siguientes circunstancias:
- Que las prácticas en entidades públicas o privadas estén incluidas en el plan de estudios correspondiente y que se realicen en el marco de colaboración entre aquellas entidades y el centro docente del que se trate.
- Que la realización de las prácticas no requiera dedicación exclusiva por parte de las personas participantes, ya que estas han de continuar acreditando que están disponibles para buscar activamente empleo, así como para aceptar una colocación adecuada. Que la contraprestación económica que perciban las personas participantes se limite a compensarles por los gastos derivados de la participación en dichas prácticas tales como material de trabajo, locomoción, alojamiento o manutención.
“En aquellos casos en que las prácticas formativas no conlleven contraprestación económica alguna, la percepción de las prestaciones y subsidios por desempleo pueden compatibilizarse siempre que continúen cumpliendo todos los requisitos exigidos para ello”, añade el SEPE.
Si las prácticas formativas son compatibles con la prestación o el subsidio por desempleo, el alumno o la alumna continuará percibiendo dicha prestación o subsidio íntegramente, sin que se reste nada por las horas realizadas de prácticas. La persona interesada también puede, si lo desea, suspender la prestación o subsidio por desempleo. En este caso, podrá solicitar su reanudación en el plazo de quince días hábiles a partir del día que finalicen las prácticas.
Los casos en los que, sin embargo, el cobro del paro o el subsidio por desempleo es incompatible con las prácticas son:
- La realización en empresas de prácticas no laborales, no ligadas a un plan de estudios, que supongan estar dentro del Régimen General de la Seguridad Social como asimilado o asimilada a persona trabajadora por cuenta ajena.
- Con carácter general, con la participación en programas de formación vinculados a estudios universitarios o de formación profesional en los que se realicen prácticas formativas curriculares o no curriculares que, aunque no den lugar a una relación laboral, sí supongan el cobro por las personas participantes de una cantidad económica y su introducción en el Régimen General de la Seguridad Social como asimilado o asimilada a persona trabajadora por cuenta ajena.
En estos casos, la prestación o subsidio se suspenden a fecha del inicio de la beca.
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