Tribunales

Abogados españoles llevan al TEDH la sentencia que tumba las reclamaciones de los accionistas del Popular

Cuestionan la actuación del Tribunal de Justicia de la UE, que ha rechazado que los afectados puedan obtener compensaciones tras la resolución de la entidad en 2017

Oficina del Banco Popular, cuya resolución se produjo en 2017
Oficina del Banco Popular, cuya resolución se produjo en 2017larazon

La decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que cierra la puerta a las reclamaciones de los accionistas del Banco Popular a consecuencia de su resolución en 2017 llegará hasta el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH). Un despacho de abogados español ha recurrido ya ante este último la sentencia del TJUE del pasado mayo que rechaza que los accionistas puedan reclamar una compensación. Ahora, está a la espera de su admisión a trámite.

El TJUE resolvió la cuestión planteada por la Audiencia Provincial de La Coruña en relación a una resolución en primera instancia que ordenaba la devolución a los demandantes (un matrimonio gallego que invirtió sus ahorros en acciones del Popular en 2016, un año antes de la resolución de la entidad) del capital invertido más los correspondientes intereses por parte de la entidad que absorbió al banco por un precio simbólico de un euro, el Santander, que recurrió esa decisión.

El TJUE siguió el dictamen del Abogado General y determinó -en aplicación de directivas europeas- que los clientes que suscriben acciones antes de la resolución no pueden ejercitar “contra esa entidad o esa empresa o contra la entidad que la suceda una acción de responsabilidad por la información contenida en el folleto” o una acción de nulidad del contrato de suscripción de esas acciones reclamando el capital invertido y los intereses devengados desde la fecha del contrato.

“No respeta el derecho a la igualdad de armas”

Ahora, el despacho gallego Pérez-Lema ha demandado -con el apoyo de Durán & Durán Abogados, a los 27 estados miembros de la UE (España incluida) al considerar que con esa decisión se ha incurrido en una violación del derecho a un proceso equitativo al convertir al Abogado General “en la contraparte de los demandantes”.

Y es que para estos letrados españoles el Abogado General (cuyos dictámenes suelen anticipar el fallo del tribunal) se extralimitó en sus funciones al abordar cuestiones extramuros de la cuestión prejudicial planteada e interpretar la normativa interna española “en flagrante contradicción con la jurisprudencia del Tribunal Supremo”.

Según explicó ayer en una comparecencia el letrado Xoan Antonio Pérez-Lema, la resolución vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva porque “no se ha respetado el derecho a la igualdad de armas”, cerrando prácticamente la puerta a futuras reclamaciones de carácter civil, lo que llevará a la defensa de los accionistas a centrarse en la vía penal.

“Es mortal de necesidad”

El abogado Miguel Durán asegura que la sentencia cuestionada “es mortal de necesidad para centenares de miles de personas que han perdido sus ahorros en el Banco Popular” porque en su opinión “obstaculiza las acciones en el ámbito civil”. “Es injusto que muchas personas que invirtieron de buena fe, e incluso inducidos por el Banco Popular que les llegaba a prestar dinero -añade-, se queden sin su dinero por el amparo injusto e ilegítimo de tribunales y demás estamentos”. Pero, según recalca, “hay mucho partido por jugar aún”.

El también abogado Miguel Ángel Durán abunda en esa idea y señala que el Abogado General “no tiene competencias para interpretar el derecho interno”, lamentando que “se haya dejado a los inversores sin lugar alguno al que acudir para resarcirse”.

Su pretensión ahora es que se reabra la fase oral del procedimiento ante el TJUE “para poder contestar a las conclusiones” del Abogado General, forzando un nuevo pronunciamiento del tribunal europeo.