IRPF

¿Las cestas de Navidad y los donativos tributan a Hacienda?

Las donaciones deducen un 80% sobre los primeros 150 euros, y superada esa cuantía, la deducción pasaría a ser del 35%

Las macrocestas de Navidad son consideradas por Hacienda como ganancias patrimoniales
Las macrocestas de Navidad son consideradas por Hacienda como ganancias patrimonialeslarazon

Diciembre es el mes por excelencia en el que las empresas reparten cestas de Navidad a sus trabajadores y clientes en gesto de agradecimiento por su esfuerzo y que ya forma parte de la tradición navideña de miles de compañías. Jamón ibérico, queso, botellas de vino, turrones o incluso polvorones son algunos de los productos clásicos que forman parte de esta cesta, en la cual, también participa Hacienda.

Así, las cestas de Navidad, al igual que otros regalos navideños entregados tradicionalmente a los empleados, tributan, dado que “son retribuciones en especie, sujetas y no exentas en el IRPF”, tal y como explica laespecialista en fiscalidad en Compensa Capital Humano, del grupo Howden, Esther Horche. Por tanto, ambos productos deben incluirse en la nómina de los trabajadores tributando a Hacienda por su valor y en el caso de que se consideren salario en especie, estos deben incluirse en la base de cotización. En este sentido, los trabajadores recibirán en su cuenta corriente una nómina menor a la de cualquier otro mes, al haber descontado de esta, la entrega de la cesta de Navidad.

No obstante, este no es el único regalo navideño que puede surgir en esta época del año, sino que otras de las acciones que se incrementan entre empleados y empresas por estas fechas son las donaciones a ONGs. En este contexto, muchas compañías incluyen programas de donaciones a través de los planes de retribución flexible para facilitar a los empleados que lo deseen, realizar acciones solidarias. Pese a que las donaciones también deben tributar a Hacienda, existen algunas diferencias con respecto a la fiscalidad de las cestas.

Estos planes son sistemas a través de los cuales el empleados pueden redistribuir parte de su salario para adecuarlo a sus necesidades personales, así como para beneficiarse de ventajas fiscales que le permitan incrementar su disponibilidad neta.

Las donaciones no están exentas de tributación, aunque podrían permitir la aplicación de una deducción en la cuota íntegra del impuesto sobre la renta de las personas físicas del trabajador siempre que se cumplan los requisitos y límites establecidos en la normativa”, sostiene Horcher.

En este contexto, los donativos a ONG, fundaciones y entidades sin ánimo de lucro deducen un 80% sobre los primeros 150 euros, y una vez se supere esa cuantía, la deducción pasaría a ser del 35% sobre el excedente. No obstante, este último porcentaje puede ascender al 40% si es el tercer año que se dona a la misma entidad y cada donación ha sido igual o superior a la del anterior. Por tanto, si se dona un total de 250 euros al año, los primeros 150 euros podrían tener una deducción del 80% y los 100 euros restantes, de un 35%.