Reclamaciones

¿Afectado por el caos ferroviario de este fin de semana? Así es como puede reclamar una indemnización

El descarrilamiento de un tren entre las estaciones de Chamartín y Atocha provocó la supresión de más de veinte trayectos, además de numerosos retrasos

Pasajeros en la estación de tren de Atocha, a 21 de octubre de 2024, en Madrid (España). Adif ha informado a primera hora de hoy que la circulación de trenes entre Madrid y Comunidad Valenciana y Murcia ha recuperado la normalidad, a la vez que se ha restablecido parte del trayecto de alta velocidad que unen las estaciones madrileñas de Chamartín y Puerta de Atocha. Ayer, 13.700 personas se vieron afectadas por las cancelaciones y modificaciones de trenes debido al descarrilamiento de un conv...
Adif asegura que la circulación de trenes entre Madrid y Comunidad Valenciana y Murcia recupera la normalidadCarlos LujánEuropa Press

Facuarecuerda a todos los pasajeros de tren que se hayan visto afectados por la cancelación o retrasos de sus trayectos este pasado fin de semana por el descarrilamiento de un tren entre las estaciones de Chamartín y Atocha que, según el reglamento europeo y los códigos de conducta de las compañías, tienen derecho a reclamar el precio del billete, el alojamiento y la comida.

Según han precisado fuentes de la asociación a Efe, “es evidente que todo el que sufra la cancelación de un tren tiene derecho a que le devuelvan el dinero, lo que ocurre es que esto no es una causa de fuerza mayor y, por lo tanto, si hay perjuicio económico también nos lo tienen que abonar”. Además, señalan que la compañía ferroviaria debe hacerse cargo de dichas compensaciones “no porque tenga culpa de lo ocurrido, sino porque tiene responsabilidad legal con los pasajeros”.

En un comunicado emitido por la federación señalan que tanto Renfe como las operadoras privadas que circulan por la red de ADIF (Iryo y Ouigo) están obligadas a cumplir con el Reglamento (UE) 2021/782 del Parlamento Europeo y del Consejo, del 29 de abril de 2021, sobre los derechos y las obligaciones de los viajeros de ferrocarril, que en su artículo 19 establece que la indemnización a la que tienen derecho los pasajeros afectados por un retraso o cancelación debe ser del "25% del precio del billete en caso de retraso de entre 60 y 119 minutos" y del "50% del precio del billete en caso de retraso igual o superior a 120 minutos" (indemnizaciones mínimas que no excluyen a las de las empresas ferroviarias).

Asimismo, Facua señala que las operadoras cuyos trayectos en tren se hayan visto afectados por cancelaciones o retrasos de al menos 60 minutos están obligadas a ofrecer a todos los consumidores el reintegro del importe total del billete, la continuación del viaje en condiciones de transporte comparables y lo antes posible o por una vía alternativa. Si no se comunican las posibilidades de conducción por una vía alternativa al viajero en los 100 minutos siguientes a la salida prevista, tiene derecho a hacerlo por sus propios medios y a que la empresa ferroviaria le reembolse los costes derivados de dicha acción.

Además de estas compensaciones, los usuarios también pueden reclamar otros daños y perjuicios que hayan podido sufrir a consecuencia de la cancelación o el retraso del tren, que deberán ser valorados en cada caso.

Los compromisos de puntualidad

Facua ha recordado que Renfe recoge su propio compromiso de puntualidad, que en ocasiones excede al establecido por la normativa europea, y establece sus propias indemnizaciones. En el caso de Ouigo e Iryo, la federación ha apuntado que deben comprometerse a, al menos, las compensaciones que establece el Reglamento Europeo.