Unión Europea

La UE aprueba un acuerdo para la 'Ley Rider', pero debe ser refrendada por cada Estado

Los trabajadores no podrán ser despedidos mediante sistemas automatizados

Un "rider" de Glovo
Un "rider" de GlovoGLOVOGLOVO

Consejo y Parlamento Europeo han acordado este jueves la primera 'Ley Rider' a nivel de la Unión Europea, que permitirá regularizar la situación de los repartidores a domicilio y dejar de ser falsos trabajadores por cuenta propia.

Para su entrada en vigor, el acuerdo debe ser aún refrendado por ambas instituciones. Esta ley llega tras la previa negativa de los gobiernos europeos el pasado mes de diciembre al acuerdo previo alcanzado en el marco de la presidencia española del Consejo.

Este nuevo acuerdo ha eliminado los umbrales para introducir una presunción de relación laboral (en contraposición al trabajo por cuenta propia) que se activa cuando concurren hechos que indican control y dirección, de acuerdo con la legislación nacional y los convenios colectivos vigentes, además de tener en cuenta la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la UE.

Para corregir el desequilibrio entre la plataforma y el 'rider', los países de la UE estarán obligados a establecer una presunción legal refutable de empleo a nivel nacional, para así corregir el falso trabajo por cuenta propia.

Además, los trabajadores de estas plataformas ya no podrán ser despedidos por un algoritmo o un sistema automatizado de toma de decisiones, sino que deberá ser ejecutado por un equipo humano.

Todas las gestiones de decisión algorítmica deberán ser comunicadas a los representantes de los trabajadores de estas plataformas. Esto lleva a la necesidad de crear nuevos canales de comunicación entre los trabajadores y sus representantes.