Tribunales

Un juez obliga a BBVA a indemnizar a un cliente estafado por phishing

Sienta un importante precedente al enfatizar la responsabilidad de los bancos en la protección digital y la prevención del fraude. Declara nulas las transacciones con las tarjetas fraudulentas, condenando a la entidad a pagar 1.150 euros, más intereses y costas

Los bancos suelen ser usados en campañas de "phishing" para obtener los datos bancarios de las víctimas.
Los bancos suelen ser usados en campañas de "phishing" para obtener los datos bancarios de las víctimas.La RazónCortesía de Freepik.

El despacho de abogados Arriaga Asociados ha obtenido una importante victoria legal tras representar a una víctima de phishing o suplantación de identidad, en un litigio contra BBVA.

La víctima fue engañada mediante un SMS que imitaba ser del banco y que la dirigió a una página web fraudulenta donde se comprometieron sus credenciales de acceso a la banca online. Sin emplear tarjetas de crédito o débito propias, los estafadores solicitaron nuevas tarjetas bajo el nombre del cliente, con las que efectuaron transacciones no autorizadas.

Falta de medidas de seguridad

Ante la negativa inicial del banco de devolver los fondos defraudados, el Juzgado de Primera Instancia de Granollers ha determinado que BBVA no implementó las medidas de seguridad necesarias ni verificó adecuadamente la identidad de sus clientes. La sentencia establece que el banco debe indemnizar al cliente por el dinero sustraído, sumando intereses y costas judiciales.

La Sentencia razona que es responsabilidad del banco probar dicha negligencia grave, “sobre todo cuando [...] nos encontramos ante un tipo de fraude del que es fácil ser víctima al presentar una apariencia de autenticidad que llevó al demandante a creer que se trataba de su Banco[...].

Así, se estima la demanda, declarando la nulidad de las tarjetas de débito contratadas en suplantación de la identidad del cliente, y condenando al BBVA al pago de 1.150€ en retorno de las cantidades defraudadas, más los intereses y costas correspondientes”.

Arriaga Asociados considera que este fallo servirá de precedente positivo para futuras sentencias, destacando la necesidad de que las entidades bancarias aseguren las medidas de protección adecuadas para sus clientes en el ámbito digital.