Hacienda

Los asesores fiscales instan a pagar el impuesto a los ricos y luego impugnarlo

Apuestan por recurrir porque "se devolverá todo lo pagado y con intereses si finalmente es inconstitucional". Acusan al Gobierno de querer armonizar los impuestos de Patrimonio autonómicos por la puerta de atrás

La ministra de Hacienda y Función Pública, María Jesús Montero
La ministra de Hacienda y Función Pública, María Jesús MonteroRodrigo JimenezAgencia EFE

Los asesores fiscales han vuelto a cargar contra el controvertido impuesto temporal a las grandes fortunas y han recomendado a los contribuyentes que lo liquiden durante el periodo de pago voluntario, para poder tener derecho a la devolución íntegra del importe más los intereses devengados si el Tribunal Constitucional lo declarase finalmente ilegal tras "impugnarlo inmediatamente". La Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf) ha acusado al Gobierno de querer "dañar las arcas públicas a medio plazo, porque se está primando la recaudación inmediata y se está perjudicando la recaudación a medio plazo", según denunciado en rueda de prensa la presidenta de Aedaf, Stella Raventós, durante la presentación de un nuevo estudio sobre el impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas.

El autor del informe, José Manuel Almudí, ha cargado contra la defectuosa articulación técnica del límite de la cuota íntegra del impuesto, fruto de la "vertiginosa y reprochable" tramitación parlamentaria de la norma de rango legal en la que se inserta, ha propiciado que el pretendido efecto armonizador con el Impuesto de Patrimonio se haya visto desdibujado de forma ciertamente significativa. De esta manera, la aprobación de esta medida con tan "deficiente calidad técnica" va a provocar un "desmedido aumento de la litigiosidad y un bloqueo de todos los órganos revisores", con la consiguiente presión al contribuyente y a los propios asesores fiscales.

Almudí ha explicado que la anomalía en la tramitación parlamentaria resultará decisiva de cara a determinar la inconstitucionalidad del impuesto, ya que ha sido "extravagante y atropellada" a su paso por las Cortes, donde "ha evitado las posibles modificaciones o enmiendas que hubieran sido propuestas en un debate sobre esta norma", y advirtió de que, "si el Estado pretendía armonizar la imposición autonómica, debería haber acudido a la modificación de un bloque normativo claramente identificado por todos. Por eso, considera que lo único que ha pretendido el Gobierno ha sido "una armonización fiscal por la puerta de atrás, que es incompatible con el principio de reserva de la ley orgánica que establece la Constitución". En la línea, Raventós lamentó que el impuesto "es pan para hoy y hambre para mañana" ante la ola de recursos que se presentarán en los juzgados.

"Todas las impugnaciones de este impuesto, que nosotros recomendamos realizar, pueden traer como consecuencia un coste mucho mayor al Estado, que tendrá que devolver lo recaudado más los intereses de demora al cabo de unos años. A medio plazo esto daña las arcas públicas", incidió Raventós, que en nombre de los asesores fiscales recomendó a todos sus miembros que declaren el tributo e inmediatamente impugnarlo. "Si se pronunciase el Tribunal Constitucional, la devolución se produciría para aquellos que hayan iniciado la vía de recursos y que hayan planteado esta cuestión", en un plazo que se puede alargar hasta cinco años, calcula Almudí.

Los asesores fiscales también pudieron énfasis en la inseguridad jurídica creada tanto para los contribuyentes residentes como para los que hayan adquirido la residencia fiscal en España en el año 2022 y cuenta con patrimonio radicado en otros Estados -"donde muy probablemente no resultaba gravada su titularidad, al tratarse de una figura tributaria en claro retroceso en el panorama comparado", detalla el informe-. La aplicación de este impuesto de forma tan inmediata ha provocado "la nula la capacidad de reacción del contribuyente para conformar su patrimonio conforme a las alternativas legalmente previstas para optimizar la imposición por dicho concepto", lo que evidencia "la arbitrariedad del legislador y la quiebra de la confianza legítima que deriva de la configuración temporal del impuesto".

El impuesto a las grandes fortunas -que entró en vigor el 27 de diciembre de 2022 y grava el ejercicio 2022 para empezar a recaudar este 2023- es un impuesto temporal y complementario al de Patrimonio, que grava con una cuota adicional a los patrimonios superiores a los tres millones de euros y que tiene carácter estatal, por lo que no puede ser cedido a las comunidades autónomas. En este impuesto, también llamado "de solidaridad", se puede deducir la cuota abonada en concepto del Impuesto de Patrimonio autonómico, para evitar que las grandes fortunas tributen dos veces por el mismo hecho imponible. El nuevo gravamen es del 1,7% para los patrimonios de entre 3 y 5,3 millones de euros; del 2,1% para los patrimonios entre 5,3 y 10,6 millones, y del 3,5% para aquellos patrimonios superiores a 10,6 millones de euros. Además, para la determinación de la base imponible de este impuesto, resultan aplicables las reglas contenidas en la ley del impuesto del patrimonio, de manera que se incluye una reducción en concepto de mínimo exento de 700.000 euros.

Algunas formaciones políticas han planteado cambios en este tributo si logran acceder al Gobierno tras las elecciones del 23-J. Desde el PP se aboga, a priori, por suprimirlo, pero según advirtió el vocal responsable de Estudios e Investigación de Aedaf, Javier Gómez, si el Tribunal Constitucional llegara a pronunciarse avalando la constitucionalidad del impuesto, la decisión de derogarlo en este caso sería "más difícil por ser menos vendible en términos de marketing político".