Hacienda

Bancos y energéticas cumplen con el "impuestazo" y evitan la multa de Competencia del 150% del importe no abonado

Pagan el segundo pago del gravamen a sus beneficios a la espera de que los tribunales les den la razón en sus recursos

La vicesecretaria general del PSOE y ministra de Hacienda en funciones, María Jesús Montero.
La vicesecretaria general del PSOE y ministra de Hacienda en funciones, María Jesús Montero.Gustavo ValienteEuropa Press

Todas las entidades bancarias y compañías energéticas obligadas a abonar el segundo pago de los gravámenes temporales impuestos por el Gobierno han cumplido con la autoliquidación de este nuevo tributo. Cumplen así con la recomendación de sus respectivas patronales de pagar en fecha y forma a través de los modelos 796 y 798, a la espera de que los recursos judiciales interpuestos les den la razón en los tribunales. Evitan así la intervención de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), que hubiera abierto un expediente sancionador por una infracción "muy grave", que se hubiera traducido en una multa económica del 150% sobre el importe repercutido.

Con el primer pago anticipado, realizado en febrero, la Agencia Tributaria recaudó 817,4 millones de las energéticas y 637 de las entidades financieras. En total, 1.454,5 millones de euros para las arcas públicas, que a partir de hoy verá aumentado su volumen con la autoliquidación definitiva del 50% restante, con el que Hacienda pretende recaudar una cantidad similar, con lo que la cifra final ascendería a 2.910 millones, por lo que se quedaría a apenas 90 millones del objetivo marcado tras el primer pago, pero unos 500 millones menos de lo inicialmente previsto.

Al igual que ocurrió en febrero, la totalidad de las compañías que debían abonarlo lo han hecho, pero con el ojo puesto en los tribunales, tras judicializar la causa al considerar estos nuevos tributos "inconstitucionales, discriminatorios e injustificados". A la denuncia de las propias entidades se unieron sus patronales. La Asociación Española de Banca (AEB) y la Confederación Española de Cajas de Ahorros (CECA) interpusieron sendos recursos ante la Audiencia Nacional e impugnaron la orden ministerial que regula los modelos de pago del impuesto a la banca, mientras que la Asociación Española de Empresas de Energía (Aelec) -que representa a Iberdrola y Endesa- hizo lo propio con los modelos de pago para las energéticas, al considerar que existe "suficiente base jurídica" como para ganar en los tribunales. Pese a ello, recomendaron a sus compañías asociadas efectuar los pagos anticipados para cubrirse las espaldas en el caso de que se dictase una sentencia desfavorable.

De momento, la Audiencia Nacional no ha admitido las medidas cautelares que Bankinter, Sabadell y Kutxabank habían pedido en relación al impuesto extraordinario al sector y que pasaban por suspender el pago y elevar el asunto al Tribunal de Justicia de la UE (TJUE), a la espera de que se estudie el caso y se llegue a una sentencia definitiva.

Cabe recordar que el nuevo impuesto temporal a la banca grava al 4,8% los intereses y comisiones de todas las entidades que facturasen más de 800 millones en 2019 sobre la actividad desarrollada en España. El tributo energético grava el 1,2% sobre el importe de la cifra de negocio de las compañías que facturasen más de 1.000 millones, excluidos los ingresos derivados de las actividades reguladas.