IRPF

¿Cobras un subsidio para mayores de 52 años? Así debes realizar la Declaración de la Renta

La cuantía mensual de este subsidio es igual al 80% del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM), por lo que los beneficiarios recibirán 480 euros al mes en 2023

Oficina de empleo del SEPE en Madrid
Oficina de empleo del SEPE en MadridJesús G. FeriaLa Razon

Las puertas del mercado laboral parecen cerrarse para algunos ciudadanos en nuestro país, como es el caso de aquellos trabajadores de avanzada edad, ya que las ofertas de empleo son bastante limitadas o incluso inexistentes. Ante esta escenario, son miles las personas de este colectivo que se suman inevitablemente a la cola del paro de larga duración y que se ven ante la necesidad de solicitar el subsidio para mayores de 52 años.

Esta ayuda que otorga la administración pública va dirigida a aquellos trabajadores que han agotado por completo la prestación por desempleo, que no pueden acogerse a una jubilación anticipada y además no dispongan de rentas que les permitan vivir dignamente. En este contexto, la cuantía mensual de este subsidio es igual al 80% del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM), por lo que los beneficiarios recibirán 480 euros al mes en 2023 (80% de 600 euros). Además, la duración de esta ayuda será hasta que el beneficiario alcance "la edad ordinaria que se le exija para tener derecho a la pensión contributiva de jubilación en el sistema de la Seguridad Social", tal y como explican desde la página web del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

A pesar de que esta ayuda supone todo un alivio para muchas personas en nuestro país, los beneficiarios del subsidio para mayores de 52 años deberán realizar la declaración de la Renta acompañada la documentación que lo justifique si quieren seguir percibiendo la prestación y no perderla.

En el caso de que los ingresos del beneficiario no hayan superado en ningún mes el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), este podrá tramitar la declaración anual vía internet desde la sede electrónica del SEPE, siempre y cuando se disponga de certificado digital, DNI electrónico o usuario y contraseña Cl@ve.

"Si no dispone de clave de acceso a Internet o sus rentas han superado en algún mes el citado importe, para presentar la declaración deberá acudir a su oficina de prestaciones, previa petición de cita en la Web del SEPE o por teléfono", aseguran desde el Servicio Público de Empleo Estatal.

Asimismo, el documento de la declaración de rentas deberá presentarse una vez transcurran 12 nuevos meses desde el nacimiento del derecho al subsidio o cada vez que transcurran doce nuevos meses desde la última reanudación. Los beneficiarios deberán tener en cuenta que el plazo de presentación es de quince días hábiles a partir de la fecha indicada.

Por tanto, en el caso de que el contribuyente no presente la declaración de la Renta, se interrumpirá el pago del subsidio y de la cotización.