Energía eléctrica
Competencia calcula en un 2,3% la subida máxima del recibo de la luz
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) calcula que el impacto del nuevo aumento en el término fijo del recibo de la luz aprobado por Industria provocará un aumento de la facturación para los consumidores que puede ir del 1% al 2,3%.
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) calcula que el impacto del nuevo aumento en el término fijo del recibo de la luz aprobado por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo provocará un aumento de la facturación para los consumidores que puede ir del 1% al 2,3%, en función de la modalidad de peajes de la que dispongan.
En concreto, la modalidad 2.0A puede sufrir de media un incremento del 1,4%, mientras que en el caso de la 2.0 DHA será del 1%; en el de la 2.1A, del 2,3%, y en el de la 2.1, del 1,6%.
Además, el regulador señala que la subida será de 26 euros al año para un consumidor medio acogido a la tarifa de acceso 2.0A y con una potencia contratada de 4,1 kilovatios (kW) que no consuma energía, lo que podría corresponder a una segunda residencia.
Estas consideraciones aparecen recogidas en el informe del regulador acerca de la orden de peajes eléctricos para enero, ya publicada en el BOE. El impacto en la estructura de los peajes de acceso "será superior para aquellos consumidores con una baja utilización de la potencia", advierte el regulador.
De hecho, el incremento del precio medio para los consumidores con una baja utilización de la potencia podría llegar a ser del 20% para los acogidos a los peajes 2.0A y 2.0 DHA, y del 11% para los consumidores acogidos a los peajes 2.1A y 2.1 DHA.
Por el contrario, para utilizaciones muy altas de la potencia contratada, la propuesta de orden implica reducciones de la facturaciónmedia de acceso de hasta el 15%. Frente a estos dos extremos, "el aumento de la facturación para los consumidores medios acogidos a los peajes 2.0A, 2.0 DHA, 2.1A y 2.1 DHA sería de 1,4%, 1%, 2,3% y 1,6%, respectivamente", señala.
La orden ministerial de peajes incrementa un 20% el término de potencia y baja un 17% el término de energía para los consumidores domésticos con una potencia contratada inferior a los 10 kilovatios (kW), que son los que tienen derecho a tarifa regulada.
Mientras, para los consumidores con una potencia contratada entre 10 y 15 kW, aumenta un 11% el término de potencia y disminuye un 5,6% el término de energía.
Al valorar la medida, la CNMC considera que la orden de peajes "debería incorporar una mayor justificación". Tras su aplicación, señala, la facturación por el término de potencia pasa de representar el 63,9% de los ingresos de acceso al 68,8%, lo que implica un incremento de la facturación por este concepto del 9,8%.
Por otro lado, la CNMC indica que se encuentra preparando una metodología sobre el cálculo de los peajes con un cambio en su estructura y un impacto diferenciado del término de potencia entre los distintos tipos de consumidores conectado a la red de baja tensión.
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