Seguridad Social

El Congreso estudia ya la jubilación de los funcionarios a los 72 años

También se analiza recuperar la jubilación parcial anticipada para que los funcionarios que alcancen la edad de retiro puedan seguir en el puesto reduciendo entre el 25% y el 75% su jornada

Funcionarios atendiendo a los ciudadanos
Funcionarios atendiendo a los ciudadanosDavid Jardavid jar

Viviremos más años y también trabajaremos más. Esa tendencia, la de prolongar la vida laboral con incentivos que aligeren los costes en pensiones y sirvan para transitar en el relevo generacional, llegará también a los tres millones de empleados públicos que hay en España.

El Congreso de los Diputados avanza en la propuesta del PSOE para ampliar hasta los 72 años será la edad límite para que los funcionarios puedan alargar voluntariamente la vida laboral, dos más que hasta ahora.

La ampliación se presenta como una enmienda al proyecto de ley de la Función Pública y será abordada en próximas reuniones de la ponencia que se ha constituido hoy en la Comisión de Hacienda y Función Pública. El proyecto de ley pasará a debate y votación en comisión, que también puede incluir cambios, antes de pasar a debate y votación en pleno.

La jubilación forzosa de los funcionarios se declarará de oficio al cumplir la edad legalmente establecida, que son 67 años o 65 años si se tienen 38,5 años cotizados, salvo para el personal aún incluido en el régimen de clases pasivas que la tienen fijada en 65 años.

No obstante, se puede solicitar, con una antelación mínima de tres meses y máxima de cuatro meses a la fecha en la que cumpla la edad de jubilación forzosa, la prolongación de la permanencia en la situación de servicio activo por periodos de un año, prorrogables hasta los 72 años (dos años más de los actuales).

Para otorgar dichas prórrogas, señala el texto, se tendrán en cuenta razones organizativas o funcionales; el desempeño de la persona, su rendimiento o resultados; su capacidad psicofísica, apreciada por el servicio de prevención de riesgos laborales; o su absentismo durante el año anterior.

Jubilación parcial anticipada

Otra de las enmiendas socialistas recupera la jubilación parcial anticipada en las Administraciones Públicas. De esta forma, los funcionarios que hayan cumplido la edad de jubilación (67 o 65 si se acreditan 38 años y seis meses de cotización) podrá acceder a esta modalidad con una reducción entre el 25% y el 75% de su jornada de trabajo y sin necesidad de sustitución del funcionario jubilado parcial.

Junto a esto se abre la posibilidad a los funcionarios tres años antes de cumplir esa edad pero en ese caso con sustitución del jubilado parcial, una reivindicación de los sindicatos que el Gobierno se comprometió a incluir.

Para poder acceder a esa modalidad se debe acreditar un periodo de servicios efectivos al Estado de 33 años que baja a 25 años en el caso de personas con discapacidad.

También se pedirá una antigüedad en la Administración Pública de, al menos, seis años inmediatamente anteriores a la fecha de la jubilación parcial.

La reducción de jornada de trabajo del jubilado parcial debe estar comprendida entre un mínimo de un 25% y un máximo del 75% y siempre que se lleve a cabo la sustitución del funcionario jubilado parcial en unos procedimientos que la enmienda busca simplificar y agilizar.

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