IRPF

¿Cuándo empieza la declaración de la Renta 2022-2023?

La cita anual con la Agencia Tributaria comenzará el próximo día 11 de abril para los que hagan el trámite por internet. Estas son todas las fechas claves

Una trabajadora de la Oficina de la Agencia Tributaria en la Calle Guzmán el Bueno (Madrid) atiende a dos personas para confeccionar la declaración de la Renta de 2019
Una trabajadora de la Oficina de la Agencia Tributaria en la Calle Guzmán el Bueno (Madrid) atiende a dos personas para confeccionar la declaración de la Renta de 2019Eduardo ParraEuropa Press

El IRPF es una pieza básica del puzzle que compone el sistema tributario español. Este impuesto grava las rentas del trabajo de todos los españoles, que se componen fundamentalmente de los salarios y las pensiones. Aunque a las nóminas ya se les aplica retenciones de IRPF a modo de pagos que el trabajador adelanta a Hacienda, la declaración de la Renta es el trámite anual mediante el que la Agencia Tributaria regula que todos los contribuyentes han cumplido correctamente con sus obligaciones tributarias. Este año, la declaración de la Renta correspondiente al ejercicio fiscal de 2022 arrancará el 11 de abril.

En poco más de mes y medio, los españoles podrán comenzar a revisar sus borradores de la declaración de la Renta y presentarlos. En concreto, las declaraciones correspondientes al ejercicio fiscal de 2022 se podrán presentar desde el 11 de abril, de forma online, y hasta el 30 de junio, según recoge el calendario del contribuyente disponible en la página web de la Agencia Tributaria. A partir del 5 de mayo se podrá realizar telefónicamente y desde el 1 de junio de forma presencial. Además, ya se han confirmado las fechas concretas en las que se iniciará la cita previa para atención presencial y telefónica.

Martes, 11 de abril. Empieza la campaña de la Renta. Se podrán presentar las declaraciones por internet, a través de Renta Web, con DNI electrónico, certificado electrónico, Cl@ve PIN o número de referencia.

Miércoles, 3 de mayo. Comienza la solicitud de cita previa para confeccionar la declaración de la Renta por teléfono.

Viernes, 5 de mayo. Da inicio la presentación por teléfono de la declaración de la Renta 2022.

Jueves, 25 de mayo. Ya se puede pedir cita previa para ser atendido presencialmente.

Jueves, 1 de junio. Comienza la presentación de declaraciones de manera presencial en oficinas.

Martes, 27 de junio. Termina el plazo de presentación para las declaraciones con resultado a ingresar que quieran domiciliarse.

Jueves, 29 de junio. Último día de plazo para pedir cita previa, lo que se puede hacer por internet, la app de la Agencia Tributaria o por los teléfonos como 91 535 73 26 / 901 12 12 24 o 91 553 00 71 / 901 22 33 44.

Viernes, 30 de junio. Fin de la Campaña de la Renta 2022.

Los contribuyentes deben tener en cuenta que se exponen a sanciones si no cumplen con sus obligaciones tributarias o lo hacen fuera de plazo. La Agencia Tributaria tiene un plazo de cuatro años para revisar el IRPF, por lo que si de aquí hasta 2027 detecta alguna irregularidad, Hacienda le enviará un requerimiento e iniciará un procedimiento sancionador. La mejor alternativa siempre es presentar la declaración por voluntad propia, aunque sea fuera de plazo, en lugar de esperar a que la Agencia Tributaria detecte un incumplimiento. Además, el recargo o sanción aplicado también dependerá del resultado de la declaración de la Renta, ya que si Hacienda es la perjudicada la sanción será mayor.

Para declaraciones con resultado a pagar, enviar la declaración en un plazo de tres meses desde el fin de la campaña conllevará una sanción del 5% del resultado. Si la demora es de tres a seis meses, el recargo se eleva al 10%; si pasan entre seis meses y un año, Hacienda reclama el 15%, mientras que si supera el año de demora, el porcentaje de recargo aumenta hasta el 20%. Todo ello, teniendo en cuenta que Hacienda no haya mandado aún un requerimiento. Si esto ocurre, los porcentajes se disparan. Dependiendo de la gravedad de la infracción, el recargo será de entre el 50% y el 150% del resultado a pagar.