Hipotecas
Calcule cuánto le tendrá que devolver el banco por los gastos de la hipoteca
Si el comprador asumió todos los gastos de notaría, podría recuperar unos 3.000 euros de media
La sentencia del Tribunal Supremo conocida hoy que establece que es el banco y no el cliente el que debe abonar el impuesto de actos jurídicos documentados (IAJD) permitirá a unos 190.000 hipotecados reclamar la devolución de esta tasa, que le supondrá a la banca un desembolso de unos 1.900 millones de euros.
Así pues, desde HelpMyCASH explican que si el banco nos obligó a pagar los gastos de notaría, gestoría, registro e impuestos (IAJD) de los gastos de constitución de la hipoteca y ellos, por su parte, no asumieron ninguno, podremos pedir la devolución de estas partidas. Según el comparador financiero HelpMyCash.com, estos podrán recuperar, de media, más de 3.000 euros.
Si por el contrario, sí asumieron alguno de estos gastos de hipoteca, aunque fueran pocos, tendremos más difícil la recuperación de nuestro dinero, ya que, técnicamente, están cumpliendo con la sentencia del Supremo, que no especificó quién debía cargar con cada uno.
El banco debe pagar el IAJD de la hipoteca
El comparador calcula que, para un préstamo hipotecario medio de 150.000 euros, los hipotecados tuvieron que pagar algo más de 1.700 euros por un IAJD al 1%, unos 860 euros por los aranceles notariales, otros 375 euros por los gastos de registro y aproximadamente 400 euros por los honorarios de la gestoría. Eso sí, hay que tener presente que lo abonado por el impuesto sobre actos jurídicos documentados puede variar,pues este tributo oscila entre el 0 % y el 1,5 % según la comunidad autónoma en la que se formalice la operación.
En total, por lo tanto, los que tuvieron que hacerse cargo de todos los gastos de constitución de su hipoteca podrían reclamar la devolución de una media de algo más de 3.300 euros al banco. Para realizar los cálculos sobre una hipoteca con otras condiciones se puede utilizar la calculadora para la devolución de los gastos de hipoteca de HelpMyCash.com.
Como puede observarse en el desglose, el IAJD es el gasto más elevado que se tenía que pagar por la escrituración de una hipoteca. Es por eso que este fallo es tan importante para los consumidores, ya que hasta ahora el Supremo consideraba que era el cliente y no el banco el que debía hacer frente a este tributo.
Los gastos hipotecarios se pueden recuperar por vía judicial o extrajudicial
Para reclamar la devolución de una parte de los gastos de la hipoteca se puede recurrir al servicio de atención al cliente del propio banco o directamente a los juzgados. En el primer caso, si la solicitud es denegada por la entidad o no se resuelve en el plazo de un mes, puede elevarse la queja al Banco de España, que emitirá una resolución no vinculante.
En cambio, si se prefiere acudir a un tribunal, se debe interponer la demanda ante un juzgado especializado en cláusulas abusivas (hay uno por cada provincia). Para tramitar la denuncia se pueden contratar los servicios de un despacho de abogados o de una asociación de consumidores. Eso sí, hay que decir que estos tribunales se encuentran ahora mismo colapsados, así que es posible que tarden muchos meses en resolver el caso.
Además, hay que destacar que puede que el cliente no recupere todos los gastos de constitución abonados. Por ahora, si los juzgados siguen el nuevo criterio dictado por el Supremo, se ordenará la devolución íntegra del IAJD. Sin embargo, el alto tribunal no ha determinado qué hay que hacer con los gastos de gestoría, notaría o registro, así que los jueces pueden obligar al banco a reembolsar todo lo pagado por estos conceptos, solo la mitad o incluso nada.
Aun así, la nueva sentencia del Tribunal Supremo supone un nuevo revés judicial para la banca. La repercusión que tendrá este fallo sobre las cuentas de las entidades varía según las fuentes consultadas, pero se calcula que la cifra podría acercarse a los 20.000 millones de euros. Asimismo, desde ASUFIN estiman que existen unos ocho millones de hipotecados afectados por la cláusula que les obligaba a pagar todos los gastos de constitución, así que podría producirse una auténtica avalancha de reclamaciones.
El fallo también tendrá un efecto claro sobre el precio de las nuevas hipotecas, puesto que si no hay un nuevo cambio de criterio, los bancos se verán obligados a asumir, a partir de ahora, el pago del IAJD correspondiente a la escrituración del préstamo. Habrá que ver si las entidades deciden encarecer estos productos para cargar ese coste al cliente, ya sea por la parte de los intereses (un mayor tipo aplicado) o por la de las comisiones y los requisitos de vinculación.
¿Cómo puedo reclamar los gastos de escritura de la hipoteca?
Aunque es un proceso que ya han seguido miles de personas, para algunos sigue siendo un trámite que le genera dudas. A continuación, detallamos los pasos a seguir para recuperar los gastos de hipoteca:
Reúne todas tus facturas: si queremos saber cuánto podemos recuperar, lo más rápido es ver cuánto pagamos por todos estos importes, algo que podemos comprobar con las facturas que nos dieron cuando firmamos. Si nos falta alguna, siempre podremos pedirla a la gestoría donde hicimos el trámite.
Presenta tu reclamación al Servicio de Atención al Cliente del banco: con las facturas en mano debemos presentar una queja ante nuestra entidad pidiéndoles que nos reembolsen lo pagado de más.
Eleva tu queja al Banco de España: si nuestra entidad no nos contesta o no conseguimos llegar a un acuerdo, el siguiente paso es elevar nuestra queja al Banco de España que en un plazo de cuatro meses debe darnos una respuesta que, aunque no sea vinculante, si es favorable nos dará más argumentos para acudir a la vía judicial.
Denuncia ante los juzgados especializados: la última vía para recuperar lo pagado por los gastos de escritura de hipoteca es acudir a los tribunales. Cabe recordar que estos casos se tratan en los juzgados especializados en cláusulas abusivas.
¿Pero cuánto dinero puedo recuperar?
La cantidad que podemos llegar a recuperar dependerá de los gastos de hipoteca que paguemos. En este sentido, cabe señalar que hay partidas que no son exactas para todas las hipotecas. Por ejemplo, la garantía hipotecaria depende del cálculo que hace cada banco, mientras que el IAJD depende de cada comunidad autónoma.
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