Empleo
Donar un órgano no supondrá perder ingresos: baja laboral del 100% desde el primer día
No se exige un período mínimo de cotización para acceder a la prestación económica
Donar salva vidas y este acto altruista resulta premiado. La Seguridad Social concede una incapacidad temporal (IT) por contingencias comunes a las personas trabajadoras que donen órganos o tejidos para trasplante desde el pasado mes de marzo. Esta medida está contemplada en la Ley 6/24 del 20 de diciembre (publicada en el BOE el 21 de diciembre).
Se entiende por incapacidad temporal la situación en la que se encuentran los trabajadores impedidos temporalmente para trabajar debido a enfermedad común o profesional y accidente, sea o no de trabajo, mientras reciban asistencia sanitaria de la Seguridad Social.
La normativa vigente abarca los días comprendidos entre el inicio de la preparación médica previa a la intervención, el día del ingreso hospitalario para dicha preparación o el trasplante mismo, y hasta el alta médica por curación. Durante este periodo, el donante se considera en situación de incapacidad temporal con una protección específica.
Uno de los aspectos más significativos es que esta situación especial no exige un período mínimo de cotización para acceder a la prestación económica. Además, el subsidio económico otorga el 100% de la base reguladora correspondiente a la prestación de incapacidad temporal por contingencias comunes. Esta compensación se abona desde el primer día de la baja, gestionada por la entidad responsable del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), el Instituto Social de la Marina (ISM) o la mutua colaboradora que cubra la incapacidad temporal.
Con esta medida se refuerza la seguridad social de los donantes, asegurando que no vean afectada su estabilidad económica mientras atraviesan el procedimiento quirúrgico y el periodo de recuperación. Como es de obviar, se trata de una medida que busca fomentar la donación y proteger a quienes pueden salvar vidas o mejorar la calidad de vida de otras personas.
Una respuesta justa a una acción solidaria
¿Qué implica para los potenciales donantes?
- Garantía de baja laboral completamente remunerada, incluso sin haber cotizado el tiempo mínimo necesario.
- Cobertura amplia que abarca desde la preparación hasta la recuperación.
- Trato equiparado al de otras bajas laborales, pero con condiciones más ventajosas y pensadas para el caso particular de la donación.
¿Cómo solicitar la baja?
Para solicitar la baja, el trabajador debe acudir a su médico de cabecera, que será quien emita el parte de baja por incapacidad temporal por la donación. Después, como ocurre con cualquier baja médica, deberá presentar ese parte a su empresa dentro del plazo habitual -alrededor de tres días-, y será la Seguridad Social la que asuma directamente el pago del 100% de la base reguladora desde el primer día.
Esta iniciativa representa un avance social y normativo que coloca a España a la vanguardia en materia de protección a donantes. Al reforzar la cobertura laboral y económica de las personas donantes, se contribuye a fomentar una cultura de solidaridad y a mejorar la calidad del sistema público de salud y protección social.