Tribunales

La Unión Europea rechaza hacer fijos a los funcionarios interinos

En su informe concluye que debe ser la legislación española la que decida en este caso y reitera que enlazar varios contratos temporales no da derecho a ganar una plaza fija

Sede del Parlamento Europeo
Sede del Parlamento Europeolarazon

En su informe concluye que debe ser la legislación española la que decida en este caso y reitera que enlazar varios contratos temporales no da derecho a ganar una plaza fija

Hasta 800.000 funcionarios interinos esperaban con ansiedad la postura que la Abogacía General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) iba a mantener en su informe previo sobre el abuso de la interinidad de sus funcionarios por parte de las Administraciones Públicas y la obligación de tener que hacerlos fijos. Y, al menos sobre el papel, la respuesta no ha sido positiva y el personal sin plaza asignada mantendrá, de momento, su condición de personal temporal.

La abogada general Juliane Kolott presentó sus conclusiones al Tribunal –paso previo antes de la sentencia definitiva–, en las que considera que la normativa europea es compatible con la jurisprudencia española, por lo que traslada la decisión final a la Justicia de nuestro país. En concreto advierte de que «el uso abusivo de sucesivos contratos temporales por parte de la Administración no debe sancionarse de forma automática con la modificación de un contrato temporal a otro fijo».

En su argumentación, Kolott da un tirón de orejas a las administraciones españolas por hacer un uso desmesurado de la temporadalidad, pero entiende que las leyes que se han aplicado en España son homologables a las que se articulan en el resto de Europa, que reconocen «el derecho del empleado a permanecer en su puesto de trabajo según las necesidades de personal del empleador» –en este caso las administraciones públicas–.

Javier Aráuz, abogado de la demanda colectiva más numerosa, cree que el fallo sí que les da la razón, al señalar que el documento destaca que «en caso de abuso en la temporalidad, los interinos tienen derecho a una compensación, que puede consistir en un contrato fijo o una indemnización por despido. Si ésta no fuera posible, la administración estaría obligada a abrir un concurso público adaptado a sus características».

La abogada general también abre la puerta a que puedan presentar sus demandas en los tribunales nacionales, los precedentes no han sido muy favorables y los funcionarios que lo han intentado han recibido sentencias contrarias en todas las ocasiones. Esta fue una de las razones por las que miles de ellos, agrupados en varias demandas conjuntas, decidieron acudir al tribunal europeo, aduciendo que en España no se respetaba la legalidad al incumplir la directiva europea 199/70/CE, que pide combatir la temporalidad en el empleo público y que, según los denunciantes, obligaría a las administraciones a convertir en funcionarios públicos a todos aquellos trabajadores temporales que presenten una denuncia contra la administración correspondiente.

Pese a que las conclusiones de la abogada general no son vinculantes para la sentencia definitiva, sí que son tenidas en cuenta por el tribunal en el 80% de las ocasiones. Esperaban con preocupación las administraciones públicas españolas este informe, ya que en juego estaba que hasta 800.000 funcionarios en situación temporal –que en algunos casos llevan más de 35 años enlazando contratos con fecha de finalización– pasaran a disfrutar de contratos fijos. Y ayer respiraron tranquilas cuando la abogada general del Alto Tribunal dio contestación a la denuncia de los tres trabajadores interinos del Servicio Madrileño de Salud, que exigían su conversión automática a personal fijo.

En situación de temporalidad continuada se encuentra en torno al 30% de los trabajadores del sector público, si bien en algunos sectores los porcentajes son muy elevados, como el servicio de Urgencias de la Comunidad de Madrid (90%). En un plazo máximo de 90 días, el Alto Tribunal dictará sentencia y sentará jurisprudencia.