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El Derecho Comunitario: en qué nos afecta, qué sabemos y qué deberíamos saber como empresa

El Derecho Comunitario: en qué nos afecta, qué sabemos y qué deberíamos saber como empresa
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¿Qué es el Derecho Comunitario?

Es muy habitual leer noticias sobre la Unión Europea esto, la Comisión o el Tribunal de la Unión Europea lo otro... pero ¿tan importante es Europa?

La repuesta es obligatoriamente afirmativa.

España, desde el año 1986, forma parte de esta tan citada «Unión Europea». Así, comparte un espacio con otros países vecinos, cuyo objetivo es homogeneizar y crear un marco jurídico de derechos y libertades que sean comunes a todos los estados miembros, con animo de cooperar entre todos y así garantizar seguridad jurídica y judicial e igualdad.

Para lograr este objetivo, la Unión Europea tiene potestad de emitir normas, en forma de directivas y reglamentos, que vinculan a todos los países miembros, y, por tanto, tienen la obligación de cumplir con esta normativa.

Respecto a la pregunta de qué es el Derecho Comunitario, debemos indicar que el mismo es conocido también como Derecho Europeo o Derecho de la Unión Europea, y el mismo se trata del conjunto de normas que buscan integrarse, a través de mecanismos propios, en los ordenamientos jurídicos de los Estados miembros de la Unión, interpreta y crea sus propias normas y cuenta con sus propias instituciones para llevar este derecho a los países miembros.

Se trata de un derecho distinto al Derecho Internacional, ya que lo que busca el Derecho Comunitario es, fundamentalmente, la integración de los países miembros. Importante es añadir que el Derecho Comunitario tiene primacía sobre el derecho interno de los países miembros, aparte de tener potestad para imponer obligaciones directas tanto a los Estados como a los propios ciudadanos de los mismos.

¿Debo tener en cuenta el Derecho Comunitario?

El principio de supremacía del Derecho Europeo hace que la normativa emanada por las instituciones europeas, a quien en los años 86 les derivamos competencias legislativas como Estado miembro, tenga carácter preferente al derecho español. Esto significa que el poder legislativo español debería transponer y adaptar su marco jurídico al de la Unión Europea. De lo contrario, se podrían exigir responsabilidades al Estado.

El Derecho de la Unión Europea tiene inserto un principio de efecto directo, lo cual significa que los ciudadanos que residan en un país miembro de la Unión Europea pueden invocar para ver protegidos sus derechos directamente la normativa comunitaria.

Dicho efecto directo nace a raíz de la «Sentencia Van Gend en Loos», dictada por el Tribunal de Justicia en febrero de 1963, y en la cual se declara que el Derecho Europeo genera derechos para los particulares.

Debe destacarse, además, que en caso de conflicto entre una norma comunitaria y otra norma nacional, tendrá siempre prevalencia la normativa comunitaria frente a la segunda. Igualmente, si una norma europea no es transpuesta a nivel interno por un Estado miembro, tanto los consumidores como las empresas tienen derecho a reclamar que, si esa directiva les afecta y puede beneficiarles les sea de aplicación. Y es más, no sólo podrían reclamar la transposición de dicha directiva, sino que tendrían derecho a reclamar al propio Estado una responsabilidad patrimonial por incumplimiento del Derecho Comunitario.

Por lo tanto, como respuesta a la pregunta planteada, y teniendo en cuenta los argumentos anteriores, sí que un ciudadano o empresa de un Estado miembro de la Unión Europea debe tener en cuenta el Derecho Europeo.

Incumplimiento de España y la responsabilidad del Estado Las normas comunitarias tienen carácter obligatorio para los estados miembros y prevén un plazo para que éstos las incorporen a sus ordenamientos internos, por ello, el hecho de que los mismos no cumplan con el deber de transposición no está exento de consecuencias.

Que el Estado omita sus obligaciones, viola el principio de supremacía que tiene este Derecho Comunitario frente a la legislación interna de cada estado, impidiendo en muchos casos que éstos puedan acogerse a los beneficios que el derecho de la UE les ofrece.

En relación a estos incumplimientos, no es la primera vez que España no incorpora la legislación comunitaria en tiempo lo que supone un perjuicio tanto para consumidores como para empresas, ya que con carácter general la normativa europea les otorgar una protección reforzada respecto a la normativa nacional.

Los afectados no sólo tienen derecho a que se les aplique la legislación vigente, sino también a subsanar la repercusión que este incumplimiento les ha causado, mediante una indemnización, por no poder acogerse a una legislación que le resulta más favorable.

La importancia de conocer el derecho de la UE radica en identificar si soy o no afectado y si en consecuencia tengo derecho a esa indemnización.

Un caso práctico

En Navas & Cusí, hemos llevado varios asuntos hasta Europa. Un ejemplo es el caso de las cooperativas, a quien la Administración estatal española cuestiona su modalidad de funcionamiento.

Por otro lado, y de la misma área, tenemos también el caso de varias clínicas privadas españolas, en donde sus profesionales autónomos se han visto también afectados por la inaplicación por España de la legislación y derechos consagrados a nivel europeo.

En estos casos, se limita una forma de trabajo lícita como es la de un profesional sanitario en régimen de autónomo, que colabora en un centro determinado, para poder hacer uso del material, herramientas y salas que dispone el centro médico, y así poder intervenir y visitar a sus pacientes.