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Patronal y sindicatos sellan el alza salarial de hasta el 3 % para 2018-2020
Al margen del alza salarial del 2% más la productividad, hay pacto para ordenar los tiempos de trabajo.
Al margen del alza salarial del 2% más la productividad, hay pacto para ordenar los tiempos de trabajo.
CC.OO., UGT, CEOE y Cepyme han alcanzado un principio de acuerdo de subida salarial para este año, que tendrá vigencia hasta 2020, y que establece una subida salarial fija de en torno al 2% más una parte variable del 1% ligada a conceptos como la productividad, los resultados o el absentismo injustificado, según han informado las partes negociadoras.
Las organizaciones sindicales y empresariales han llegado a entendimientos para cerrar el IV AENC tras más de seis meses de negociación y después de que el diálogo se rompiese en julio del año pasado y no se ratificase el acuerdo de subida salarial en 2017.
Los agentes sociales llevaban meses 'cocinando' este acuerdo, aunque hasta hace apenas unas semanas, coincidiendo con la llegada del PSOE al Gobierno, no parecía que fuera a llegar a buen puerto.
Sin embargo, la negociación, liderada por los máximos dirigentes de las organizaciones empresariales y sindicales desde hace unas semanas, ha terminado por desbloquearse y se ha propiciado este preacuerdo.
Desde hace ya varias semanas se daba por descontado el pacto de alza del 2% más un 1% variable ligado a determinados conceptos vinculados a la productividad o los resultados de la empresa, y el establecimiento de un salario mínimo de convenio de 14.000 euros anuales (1.000 euros mensuales por catorce pagas) al final de la vigencia del mismo, en 2020.
El acuerdo tendrá una vigencia durante los próximos tres años y es de carácter obligatorio para las partes que, según los sindicatos, logra «sacar de la crisis» la congelación salarial, un fenómeno que se ha extendido hasta 2017, cuando los salarios reales de los trabajadores se redujeron 1,9 puntos porcentuales, según UGT. En 2014, los sueldos subieron un 0,7% en 2014, un 1,1% en 2015 y un 0,2% en 2016, según los sindicatos.
Las patronales CEOE y Cepyme se comprometen a que las empresas pongan en conocimiento de los representantes sindicales los resultados económicos de las compañías para que, mediante indicadores cuantificados y medibles, se pueda valorar si al alza mínima del 2% se le puede añadir hasta un 1% adicional. Además, se incluye una cláusula de revisión salarial que tendrá en cuenta la precisión de las fluctuaciones de los precios, los salarios, la inflación real, la mejora del poder de compra pactada y los indicadores que en cada caso estimen aplicables los representantes de los trabajadores junto con los empresarios.
Los sindicatos abrieron la negociación demandando un alza salarial del 3,1% más subidas adicionales según la productividad por sectores de actividad. La negociación se estancó por la negativa de la patronal a firmar un acuerdo que sellara ese 2% de alza mínima. Durante meses, los empresarios sólo aceptaban firmar una subida de «hasta el 2%», lo que dejaba abierta la puerta a revisiones mínimas en caso de que las empresas adujeran dificultades o anunciaran ajustes pese a disponer de la capacidad para subir ese mínimo 2% a sus trabajadores.
Bolsa de horas libres
Por contra, CEOE y Cepyme ofrecían la posibilidad de ligar una subida mayor del 2% con la productividad, un concepto al que eran reacios los sindicatos. Finalmente, las posturas se han acercado hasta llegar a este preacuerdo que incluye, a cambio contrapartidas referentes a la flexibilidad en la ordenación de los tiempos de trabajo.
En este sentido, el preacuerdo de subida salarial contempla una mejora de las condiciones laborales mediante la ordenación de la jornada. Se determinara por convenio colectivo la introducción de medidas de flexibilidad como el establecimiento de unas franjas horarias de entrada y salida para el cumplimiento de la jornada laboral pactada.
Es decir, en actividades que arrancan a las 7:00 am la franja de entrada podría extenderse hasta las 7:30 o las 8:00 am. Asimismo, se establecerá una bolsa de horas de la que podrán disponer libremente los trabajadores a lo largo del año. Esta bolsa de horas de libre disposición por parte de los trabajadores será independiente de otros derechos que tengan reconocidos los trabajadores dentro de los acuerdos suscritos con sus empresas.
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