Aerolíneas

La UE establece las dimensiones del equipaje de mano gratuito en los vuelos

Los Veintisiete aprobaron este jueves la propuesta del reglamento para pasajeros aéreos que legaliza el cobro del equipaje de mano que entra en cabina

El equipaje de mano es un imprescindible cuando viajamos y, aunque a muchos les resulta excesivo que las aerolíneas cobren un gasto extra por subir esta maleta a bordo, la Unión Europea ha dado la razón a las compañías aéreas.

El Consejo de Transporte de la UE se pronunció este jueves a favor de permitir que estas compañías cobren por el equipaje de mano -además de abrir la puerta a elevar el tiempo de retraso de vuelo que da derecho a indemnización-. Esta propuesta fue aprobada por los ministros de Transporte de los 27 Estados miembros -con la oposición de países como España, Alemania, Portugal y Eslovenia- y consiste en la reforma de un reglamento para pasajeros aéreos que legaliza el cobro por equipaje de mano que entra en cabina y además crea un nuevo tipo de equipaje de mano gratuito, que es el que entra debajo del asiento. Sin embargo, esta aprobación no implica la adopción definitiva del reglamento, ya que aún debe pasar el filtro del Parlamento Europeo, donde podrá ser modificado mediante enmiendas.

Por su parte, la Asociación de Líneas Aéreas (ALA) ha acogido favorablemente esta reforma, puesto que considera que las compañías aéreas sí pueden cobrar por el equipaje en cabina y se fijan las dimensiones mínimas del bulto de mano gratuito que las aerolíneas deberán aceptar: 40x30x15 centímetros.

Esta medida resuelve las dudas sobre el cobro de equipaje en cabina, unifica el criterio a seguir por los tribunales y "termina así con las distintas interpretaciones que vienen haciendo los órganos jurisdiccionales en España al respecto, con lo que se reducirá la litigiosidad", asegura esta asociación.

Por todo ello, ALA valora de forma positiva que se establezca una única normativa a nivel europeo que deberán cumplir los Estados miembros y que despeja las dudas de los consumidores sobre la política de equipaje en cabina "frente a la incertidumbre actual por los distintos criterios interpretativos".

Asimismo, "aplaude" que la reforma también concrete las circunstancias extraordinarias que no son susceptibles de compensación al pasajero en caso de retraso o cancelación. "Al unificar criterios en una única norma, esta reforma proporciona certidumbre y seguridad a los consumidores y a las compañías aéreas", sentencian.