Prestaciones

Este es el nuevo documento que necesitas para cobrar el paro a partir de noviembre

Si no se presenta, el beneficiario podría perder la prestación por desempleo durante tres meses o indefinidamente

Sube la cuantía del subsidio por desempleo este mismo mes: cuánto se cobrará en junio
Persona contando billetes de cincuenta eurosEuropa Press

Con la entrada en vigor de la nueva reforma del subsidio por desempleo el próximo uno de noviembre, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) introducirá algunos cambios para los que se benefician de esta prestación y asegurarse de que están buscando trabajo.

El documento en cuestión es el nuevo Certificado de Búsqueda Activa de Empleo (BAE) que, como su propio nombre indica, acredita que el beneficiario de la prestación sigue buscando un empleo para regresar al mercado laboral. Desde entonces, el BAE será uno de los requisitos para cobrar esta ayuda, ya que en este texto se detallarán, por ejemplo, los currículums que ha enviado, las entrevistas que ha hecho o los cursos de formación en los que ha participado.

Hay sanciones preparadas si no se presenta

Es de vital importancia entregar este certificado ya que si no se hace el SEPE lo considerará como una infracción leve que puede conllevar la pérdida de la prestación por desempleo durante tres meses, seis si se vuelve a reincidir y, si ocurre por tercera vez, se procederá a la cancelación de la prestación.

Para obtenerlo lo antes posible los solicitantes deben acudir a la Oficina Autonómica de Empleo para rellenar la declaración con al menos tres de las propuestas que se contemplan para certificar la búsqueda de trabajo: envío de currículums al menos a tres empresas, asistencia a entrevistas de trabajo y presentación de candidaturas.

Trabajar y cobrar el paro al mismo tiempo

Con la aprobación del Real Decreto ley que reforma el subsidio por desempleo, muchos trabajadores podrán cobrar el paro y el sueldo a la vez a partir del uno de abril de 2025. Esto sería posible cuando la persona haya cobrado el paro por un periodo reconocido superior a doce meses (tres años y seis meses trabajados) y estén devengados los primeros nueve.

De este modo, las personas que quieran cobrar el paro una vez empiecen a trabajar, no podrán ganar más de 2.250 euros brutos al mes, según explica el Real Decreto, que introduce esta medida como un “complemento de apoyo al empleo”.