IRPF

Estos son los documentos necesarios para que nos hagan la declaración de la Renta

Los españoles podrán hacer la declaración presencialmente a partir del próximo 3 de junio

Imagen de archivo de personas intercambiando documentos
Personas intercambiando documentosUnsplash

La campaña de la Renta comenzó el pasado 3 de abril . Desde entonces y, hasta el próximo 1 de julio, los contribuyentes podrán presentar sus declaraciones del IRPF y Patrimonio para rendir cuentas con Hacienda. Aunque los españoles tienen varias vías para presentar la declaración de la Renta, son muchos los que prefieren esperar para hacerla presencialmente a partir del próximo 3 de junio y así asegurarse de que la declaración presentada no contiene errores. Para ello, será necesario pedir cita previa entre el 29 de mayo y el 28 de junio.

No obstante, antes de acudir a la cita anual con la Agencia Tributaria, se deberán reunir una serie de documentos que ayudarán a los técnicos de Hacienda a confeccionar su declaración de la Renta . Por ello, desde el blog de CaixaBank explican cuales son los documentos imprescindibles que deberá llevar el contribuyente consigo a las oficinas de Hacienda.

Documentos sobre la situación personal

  • DNI original del titular: el contribuyente deberá presentar su DNI original y en el caso de que la declaración sea conjunta, será necesario acudir con una fotocopia del DNI de todos los que figuren en la declaración.
  • Número de IBAN: el contribuyente deberá acudir a su cita con Hacienda con el número de su cuenta bancaria para que en el caso de que salga un resultado positivo se pueda pagar la deuda o se pueda devolver si es negativo. En la cuenta debe figurar como titular el contribuyente.
  • Referencia catastral: se deberán presentar las referencias catastrales de todos los inmuebles que tenga en propiedad el contribuyente, así como de aquellos en los que vida de alquiler. Se podrá encontrar la referencia en el recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI).
  • Autorización firmada por otros declarantes: además de la fotocopia del DNI será necesaria la autorización firmada por otros declarantes cuando se presente la renta en su nombre.

Documentos para deducciones autonómicas

  • Deducciones por el alquiler de vivienda: aquellas personas que vivan en un inmueble alquilado necesitarán el NIF del propietario así como una copia de las cantidades pagadas por el alquiler.
  • Deducción por la adquisición de vivienda habitual con ampliación del préstamo: en el caso de que el contribuyente quiera beneficiarse de esta deducción deberá presentar aquellos saldos pendientes de amortizar del préstamo original.
  • Deducción por hipoteca: el contribuyente podrá deducirse el pago de este préstamo y para ello deberá llevar los recibos de los seguros vinculados al crédito hipotecario para incluirlos como gasto deducible, siempre y cuando aparezcan como condición en las escrituras del préstamo hipotecario. "Las primas satisfechas formarán parte de la deducción por inversión en vivienda habitual, tal y como ha indicado la Dirección General de Tributos en las Consultas Vinculantes V2082-11 o V1653-12", explica el asesor fiscal de CaixaBank, Pedro Rodríguez.
  • Deducción por donativos: aquellos que realizaron donativos en 2023 se los podrán deducir presentando los justificantes o certificados de los ingresos realizados a las ONG para acreditar que se ha realizado dicha donación.

Documentos según el tipo de renta percibida

  • Rendimientos de trabajo: en el caso de que el contribuyente sea asalariado, será necesario aportar a Hacienda un certificado emitido por el pagador que haya tenido durante el ejercicio. En el caso de que se haya recibido alguna prestación por desempleo en 2023, este deberá aportar el certificado que emite el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Si el contribuyente está afiliado a algún sindicato, se deberá aportar el importe de las cuotas satisfechas; al igual que si está colegiado, y la colegiación sea obligatoria para poder trabajar. Asimismo, si el trabajador hubiera tenido algún litigio con su empleador y quiera deducirse los gastos de defensa jurídica, se deberá aportar la documentación que lo justifique.
  • Rendimientos de capital inmobiliario: el contribuyente que perciba alquileres de pisos, locales u otros inmuebles deberá llevar un justificante de los ingresos obtenidos y los gastos deducibles. Para facilitar la labor, la Agencia Tributaria pone a disposición de estos contribuyentes un documento para relacionar todos los datos de los inmuebles que tenga alquilados.
  • Rendimientos de capital mobiliario: si se han percibido este tipo de rentas se deberán aportar certificados de empresas, entidades financieras y de seguros, contratos o recibos de gastos en las transmisiones de letras del Tesoro, entre otros. En definitiva, se tendrá que llevar consigo la información fiscal que facilitan las entidades financieras o las aseguradoras a sus clientes. En el caso de que se haya percibido un seguro contratado antes de 31/12/1994, se deberá justificar el importe del capital recibido.
  • Ganancias y pérdidas patrimoniales por venta de vivienda habitual u otros bienes: en el caso de que se haya vendido una vivienda habitual durante 2023 se deberá aportar las escrituras de compraventa; las fechas de adquisición y transmisión; los importes reales, gastos y tributos de compra y venta; las declaraciones de ejercicios previos en los que se hayan practicado deducciones por la vivienda transmitida; y los datos de préstamos hipotecarios y el capital pendiente de amortizar. No obstante, si se producen ganancias o pérdidas patrimoniales por ventas de otros bienes, el contribuyente deberá aportar las escrituras o documentación acreditativa; las fechas de adquisición y transmisión; los importes reales; gastos y tributos de compra y venta; los certificados de fondos de inversión; o el justificante de premios o subvenciones.
  • Regularización por devolución de intereses percibidos de cláusulas suelo: se deberá entregar a Hacienda el certificado de la entidad financiera indicando los ejercicios a los que corresponde el interés excesivo cobrado por cláusulas suelo nulas. Además también se deberán aportar las declaraciones de los ejercicios no prescritos en los que se practicó deducción por vivienda habitual o se incluyeron dentro de los gastos deducibles de rendimientos de actividades económicas o capital inmobiliario.