Cesta de la compra

¿Fin del IVA 0% de los alimentos básicos en junio? Subirá el aceite de oliva, el pan o la leche

A partir del próximo mes de julio, volverá a subir el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) en algunos productos básicos como el pan, las frutas, el queso, el aceite de oliva o la leche.

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Estantería de un supermercado en EspañaPixabay

En abril, nuestro país registró la quinta mayor tasa de inflación de la Unión Europea, con un repunte de los precios del 3,4%. Sin embargo, la rebaja impositiva sobre algunos alimentos podría llegar a sufin a partir del próximo 30 de junio de 2024, de no ser que el Ejecutivo prorrogue el Real 20/2022, de 27 de diciembre.

Para ponerse en contexto, esta medida fue aprobada por el Gobierno de España dentro de un marco de leyes que buscaban paliar las consecuencias económicas agravadas por el comienzo de la guerra de Ucrania, a lo que se sumaba la aparición de un nuevo conflicto en Oriente Próximo y una escalada en las tensiones geopolíticas. Una medida que supuso un alivio para muchas familias, pero especialmente para aquellas con bajos ingresos.

En este sentido, fue a mediados de 2022 cuando la tasa de inflación superó las dos décimas en España debido, entre otras cosas, a la invasión rusa en Ucrania. Este fue el motivo por el que el 1 de enero de 2023 se eliminó el IVA de los alimentos que ya tenían el tipo reducido del 4% y, además, se puso en marcha la bajada del 10% al 5% en los aceites y las pastas.

¿A qué alimentos se aplica la rebaja del IVA del 4% al 0%?

Será a partir del 1 de julio cuando, mediante la modificación del artículo 72 RDL 20/2022, se establece que la rebaja impositiva termine. En concreto, se determina que "tendrá vigencia hasta el 30 de junio de 2024". Esto significa que volverá a subir el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) en algunos productos básicos como el pan, los huevos, o la leche.

En este sentido, actualmente se viene aplicando el tipo del 5% del IVA en las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de los aceite de oliva y de semillas, así como en las pastas alimenticias. Por lo que el tipo del recargo de equivalencia aplicable a estos movimientos será del 0,62%.

Hasta el 30 de junio se seguirá aplicando el tipo del 0% del IVA en las entregas e importaciones de los siguientes alimentos básicos, lo que cambiará de precio a partir de julio:

  • El pan común, así como la masa de pan común congelada y el pan común congelado destinados exclusivamente a la elaboración del pan común.
  • Las harinas panificables.
  • Las leches producidas por cualquier especie animal: natural, certificada, pasteurizada, concentrada, desnatada, esterilizada, UHT, evaporada y en polvo.
  • Los quesos.
  • Los huevos.
  • Las frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales que tengan la condición de productos naturales de acuerdo con el Código Alimentario y las disposiciones dictadas para su desarrollo.

¿A qué alimentos se aplica la rebaja del IVA del 10% al 5%?

En el transcurso de la negociación parlamentaria para la convalidación del Real Decreto-ley que prorrogó la rebaja del IVA de los alimentos, también se acordó eliminar el IVA del aceite de oliva.

  • Los aceites de oliva y de semillas.
  • Las pastas alimenticias.