DANA

El Gobierno se olvida de las ayudas directas a los autónomos en tránsito que hayan perdido mercancías, camiones o vehículos por la DANA

ATA reclama incluir en las ayudas directas a los transportistas en ruta y a los autónomos y pymes ajenas a la zona que se hayan visto afectadas. "No solo vale con los ERTE o el cese de actividad"

Camiones atrapados por la dana
Camiones atrapados por la danaRedes

El Consejo de Ministros aprobó lunes un nuevo real decreto ley con 110 medidas adicionales para hacer frente a la catástrofe provocada por la DANA, con una inversión agregada de 3.765 millones de euros, que se sumarán al primer paquete de ayudas de 10.600 millones de euros aprobado la semana pasada. Estas nuevas medidas permitirán a 400.000 trabajadores mantener sus ingresos, y ayudarán a unas 30.000 empresas a reactivar su actividad y a unos 100.000 hogares a cubrir sus necesidades más básicas.

En el caso de los autónomos, uno de los sectores productivos más afectados, se ha aprobado una nueva prestación extraordinaria por cese parcial para autónomos, que les permitirá compatibilizar su actividad durante tres meses con la recepción de esta ayuda. Esta prestación será el equivalente al 50% de su base de cotización. Esta medida permite poder acceder a la prestación por cese de actividad -70% de la base reguladora- sin necesidad de cumplir con el periodo mínimo de cotización -que es habitualmente de 12 meses- y sin que este tiempo les compute de cara a futuras prestaciones, poniendo el contador a cero.

Sin embargo, el Ejecutivo no ha hecho tabla rasa con todos los autónomos, ya que hay miles que también se han visto duramente afectados pero no van a poder acogerse a estas ayudas. Así lo ha denunciado el presidente de ATA y vicepresidente de la CEOE, Lorenzo Amor, que reclamó al Gobierno que rectificara "inmediatamente" e incluyera a los miles de transportistas y autónomos que estaban de ruta o desplazados en las zonas afectadas y fueron afectados por las lluvias el día de la DANA.

El Ejecutivo, en el decreto ley que publica este martes el Boletín Oficial del Estado (BOE), especifica que podrán beneficiarse de ese paquete las personas físicas, empresas y autónomos que, aunque no vivan o residan en uno de esos municipios, se hayan visto afectados indirectamente y estén sufriendo las consecuencias de los siniestros producidos por la DANA, pero no queda claro si podrán beneficiarse de las ayudas por la pérdida de sus vehículos y mercancías -sí de los ERTE y las prestación por cese de actividad-, ya que son bienes muebles, y en el texto aparece únicamente bienes inmuebles. Para muchos, el Consorcio de Compensación de Seguiros no cubre esos daños en su totalidad.

Tampoco ha quedado claro en el escudo social si los autónomos y micropymes con relación comercial con las empresas afectadas en la zona y que han perdido sus contratos van a poder acogerse a este escudo social. El real secreto inicial ampliaba los beneficiarios de las ayudas directas a empresas y autónomos de entre 5.000 y 150.000 euros, que se extienden a quienes tengan negocios o explotaciones en los municipios afectados, aunque no tuvieran fijado su domicilio fiscal en esas localidades, lo que beneficiará a 5.800 autónomos y empresas, elevando el total por encima de los 100.000, pero no a los que mantienen sus negocios fuera de la zona afectada. Aunque el texto del BOE explica que se ha ampliado a todo tipo de empresas y autónomos afectados, no se sabe qué es lo que se puede reclamar, si son pérdidas o bienes y mercancías directamente perdidas.

El segundo paquete de medidas también incluye una reducción para los autónomos y empresarios que tributan por el régimen de estimación objetiva (módulos) del 25% del rendimiento neto en 2024. También se ha acordado una disminución del 25% de las cuotas devengadas por operaciones corrientes en el régimen simplificado de IVA, lo que supone un ahorro de 393 euros de media por contribuyente en el primer caso y 92 euros en el segundo. El decreto ley contempla la posibilidad para estos contribuyentes de renunciar excepcionalmente a aplicar el régimen de módulos en 2024, tributando en tal caso en el régimen de estimación directa simplificada, sin que esta decisión impida que el contribuyente pueda volver a aplicar el sistema de módulos en 2025 o 2026.

También se ha aprobado la exención del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) de naturaleza rústica del ejercicio 2024 para agricultores y ganaderos que tengan pérdidas mayores al 40% de la producción. Además se ha acordado flexibilizar y suspender los plazos de pago de los tributos autonómicos y locales después de que la semana pasada se hiciera con los procedimientos de ámbito estatal.

Estas ayudas directas, exentas de tributación en el IRPF y en el impuesto de Sociedades, podrán solicitarse en la web de la Agencia Tributaria entre el 19 de noviembre y el 31 de diciembre de 2024, y bastará con indicar el número de cuenta en el que se realizará el ingreso. La Agencia Tributaria comenzará a realizar los pagos a partir del 1 de diciembre.

Para que estas ayudas lleguen más rápido, el Gobierno ha decidido realizar un anticipo inmediato del 50% a todos los que soliciten las ayudas para que no tengan que esperar mientras se tramita su expediente. También se ha extendido el Código de Buenas Prácticas Hipotecario, que se creó en 2022, para que puedan congelar sus hipotecas durante otros 12 meses adicionales, una vez pasados los 12 meses ya recogidos en el real decreto ley de la semana pasada.