Declaración de la Renta 2023

Hacienda te devuelve 300 euros por tener un hijo menor de 25 años y 900 si tienes dos

La declaración de la Renta correspondiente al ejercicio de 2023 te puede salir a devolver, comprueba si cumples con los requisitos.

Padres paseando con sus hijos por el Parque de María Luisa de Sevilla
Padres paseando con sus hijos por el Parque de María Luisa de SevillaEduardo Briones / Europa PressEuropa Press

Van más de tres semanas desde que se puede realizar la declaración de la Renta en España y mucho se habla de las deducciones a las que se tiene derecho para aliviar el bolsillo. Sin embargo, es importante tener en cuenta que existen deducciones diferentes dependiendo de cada Comunidad Autónoma, por lo que hacer el borrador de la declaración de la Renta o hablar con un experto no viene de más.

Cada comunidad puede establecer ciertos beneficios fiscales específicos. Algunos orientados al cuidado de menores o ancianos, otros hacia el alquiler, hipotecas o reformas, entre otras. El principado de Asturias, por ejemplo, tiene una deducción que resulta una completa alegría para aquellos que tienen hijos. Hacienda tiene una deducción específica para las familias llamada "cuidado de un menor de 25 años".

¿En qué consiste este beneficio fiscal “cuidado de un menor de 25 años”?

Es muy sencillo, los padres que tienen un hijo menor de 25 años podrán deducir 300 euros (150 euros cada uno por ser progenitores con derechos) de la declaración de la Renta. Esta cantidad aumenta con cada hijo, es decir, para el segundo y sucesivos la deducción es de 600 euros, lo que significa que te devuelven 900 o 1.500 si se trata de seis.

Esta deducción será aplicable hasta que los hijos cumplan los 26 años, aun cuando no genere derecho a la aplicación del mínimo por descendientes. Asimismo, la deducción en el periodo impositivo en el que el descendiente cumpla 26 años se calculará de forma proporcional al número de meses en que se cumplan los requisitos previstos.

Cuáles son los requisitos

  • La suma de las bases imponibles general y del ahorro, casillas [0435] y [0460] de la declaración, no pueden superar 35.000 euros en tributación individual y 45.000 euros en tributación conjunta.
  • Los progenitores, adoptantes, o tutores tienen que convivir con el menor de 25 años. Este cumplimiento de la convivencia debe determinarse en la fecha de devengo del impuesto.
  • Cuando existe más de un contribuyente con derecho a este beneficio fiscal, el importe de la deducción se dividirá por partes iguales en la declaración de cada uno de ellos. Así se aplica únicamente a aquellos que cumplan las condiciones establecidas para ser beneficiarios.

Cabe destacar que esta deducción es incompatible con la deducción “Por gastos de descendientes en centros de cero a tres años”.

¿Cuándo te devolverá Hacienda el dinero de la declaración de la Renta?

Los contribuyentes a los que la declaración de la Renta les salga a devolver deben saber que Hacienda tiene un plazo de seis meses para efectuar el ingreso a todas aquellas personas a las que les haya salido un resultado negativo. Por tanto, estos empiezan a contar desde el último día de campaña, que este 2024 será el 1 de julio, aunque lo habitual es recibir la devolución unas semanas después o en un mes "como máximo", tal y como explican desde el portal inmobiliario Fotocasa.

Pese a ello, Hacienda devolvió 11.269 millones de euros a 14,69 millones de contribuyentes al cierre de 2023, por lo que tan solo se efectuaron 97,5% de las devoluciones solicitadas, dejando un total de 375.673 contribuyentes pendientes de cobrar.

¿Cómo saber el estado de la devolución de Hacienda?

Para saber aproximadamente cuando devolverá Hacienda el dinero que le debe a los contribuyentes el primer paso será identificarse, mediante certificado o DNI electrónico, Cl@ve PIN o referencia del borrador de la Renta del año previo, y después acceder al apartado "Consulta del estado de tramitación de una devolución de Renta" y hacer clic sobre la opción "Servicios de tramitación borrador / declaración (Renta WEB)".

Una vez dentro, aparecerá el estado exacto en el que se encuentra la devolución, que será uno de los siguientes:

  • Su declaración se está tramitando: este es el primer estado y aparece cuando la declaración ha sido debidamente presentada por el contribuyente.
  • Su declaración está siento comprobada: el personal de la Administración está realizando las comprobaciones necesarias para proceder al pago de la Renta –en caso de que salga a devolver–.
  • La declaración con el importe indicado no ha sido grabada o está en proceso.Compruebe el importe: este mensaje aparece en el caso de que la Administración haya detectado algún problema en la documentación presentada. "Lo recomendable en este caso es pedir cita previa en alguna oficina de Hacienda para saber de qué se trata y poder solucionarlo cuanto antes", explica el portal inmobiliario.
  • Su declaración ha sido tramitada no estimándose conforme: si aparece este mensaje significa que la Administración no está de acuerdo con la información que ha aportado el contribuyente al hacer la declaración y, por tanto, también afectará a la devolución del importe.
  • Su declaración ha sido emitida el día XX/XX/XXXX: si aparece este mensaje significa que la Administración está conforme con la declaración que el contribuyente presentó y, por consiguiente, se ha procedido a su devolución. El portal inmobiliario asegura que "a partir de la fecha que aparezca, debemos contar que en un máximo de 10 días dispondremos del dinero nuestra cuenta bancaria".