Consumo
Hacienda grava al máximo los envases en los que los clientes se llevan las sobras de los restaurantes
La Agencia Tributaria se ha pronunciado sobre qué tipo de IVA se aplica a los envases para la comida sobrante de los establecimientos que los cobren
Una asociación de empresarios hosteleros realizó una consulta a la Agencia Tributaria sobre la aplicación del IVA a los recipientes ofrecidos a los clientes para llevarse la comida sobrante en los establecimientos que los cobren.
El caso se planteó en el contexto de la actividad empresarial, donde los clientes, a cambio de una suma de dinero, reciben un envase para llevarse la comida no consumida del servicio de restauración.
A principios de este año, se había propuesto un Proyecto de Ley de Prevención de Pérdidas y Desperdicio Alimentario que obligaba a bares y restaurantes a permitir a los consumidores llevarse la comida restante sin costo adicional. Sin embargo, el Senado muestra que este proyecto está actualmente "caducado", según su página web.
En su respuesta la Agencia Tributaria indicó que estas entregas de bienes y servicios por parte de empresarios o profesionales, incluso a socios o asociados, estarían sujetas al impuesto, con una tasa del 21%. Esta consulta implica un cambio ya que previamente se aplicaba un IVA reducido del 10% en este tipo de situaciones.
Por tanto, según adelanta de autonomosyemprendedor.es, la Agencia ha dejado vinculada la aplicación del 21% de IVA a esta situación.
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