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Hacienda permitirá domiciliar el pago de deudas tributarias desde entidades bancarias no colaboradoras

Esta opción será válida siempre que las cuentas se encuentren en la Zona Única de Pagos en Euros

Una persona saca dinero del cajero
Una persona saca dinero del cajeroEmilio NaranjoAgencia EFE

El Ministerio de Hacienda permitirá domiciliar el pago de deudas tributarias desde cuentas registradas en entidades que no tengan la condición de colaboradoras en la gestión recaudatoria estatal -siempre que se encuentren en la Zona Única de Pagos en Euros-, una opción que hasta ahora no estaba disponible.

Según publica este viernes el BOE, esta decisión se ha adoptado para facilitar el pago de deudas a los contribuyentes que no tienen una cuenta bancaria abierta en España a través de un canal que "ha experimentado un constante crecimiento" en los últimos años "hasta consolidarse como uno de los más utilizados".

La orden ministerial precisa que aunque la cuenta se encuentre en una entidad no colaboradora, la gestión se realizará a través de entidades que sí tengan esa condición, de manera que el cambio tendrá "un impacto mínimo" en los protocolos de la Agencia Tributaria.

Recientemente, Hacienda también anunció la elevación del límite exento de la obligación de aportar garantía enlas solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento de las deudas tributariasde 30.000 a 50.000 euros. La medida, que entró en vigor el pasado 15 de abril, facilitará la liquidez de unos 750.000 contribuyentes, ya que, además de esa ampliación, ofrece más plazos de pago a los contribuyentes, personas físicas y jurídicas en general, en un amplio abanico de situaciones.

En concreto, la nueva instrucción de aplazamientos, amplía los plazos máximos de pago para las solicitudes de tramitación automatizada, las que están exentas de aportar garantías, dado que pasarán de 12 a 24 meses en las personas físicas y de 6 a 12 meses para las personas jurídicas.