Derecho laboral

Ignacio de la Calzada, abogado laboralista, sobre lo que nunca debes hacer al pedir vacaciones: "Luego no te quejes"

El profesional del derecho laboral expuso la necesidad de concretar un acuerdo siempre que se solicite el periodo vacacional y contar con una prueba de ello

Ignacio de la Calzada, abogado laboralista, sobre lo que nunca debes hacer al pedir las vacaciones: "Luego no te quejes"
Ignacio de la Calzada, abogado laboralista, sobre lo que nunca debes hacer al pedir las vacaciones: "Luego no te quejes"La Razón

En España, todo trabajador tiene derecho a un mínimo de 30 días naturales de vacaciones al año. Este derecho está recogido en el Estatuto de los Trabajadores, artículo 38. Las vacaciones deben ser retribuidas y no pueden sustituirse por dinero, salvo si finaliza el contrato sin haberlas disfrutado. No se pueden acumular de un año para otro sin acuerdo previo. El periodo de disfrute se fija por acuerdo entre empresa y trabajador. Si no hay acuerdo, puede intervenir un juez. Además, los convenios colectivos pueden mejorar este mínimo legal. De esta manera, las vacaciones son un derecho irrenunciable y esenciales para la salud del trabajador.

A pesar de todo lo mencionado, en la práctica muchos trabajadores se enfrentan a conflictos con sus superiores a la hora de solicitarlas. En sectores como la hostelería o el comercio, algunas empresas imponen condiciones unilaterales, como exigir que solo se disfrute la mitad de los días en verano, argumentando necesidades de producción o alta demanda. Esto genera tensiones, ya que no siempre se respeta el acuerdo mutuo que exige la ley. En ocasiones, los empleados ceden por miedo a represalias o desconocimiento de sus derechos. Estas acciones, aunque resultan comunes, pueden vulnerar lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores y deben ser denunciadas si no hay justificación legal ni consenso previo. Por tanto, ¿dónde están los límites que debe conocer el trabajador en este tema?

Ignacio de la Calzada, abogado laboralista que se ha dado a conocer en redes sociales por sus contenidos divulgadores sobre los derechos laborales de los trabajadores, explica en uno de sus últimos fragmentos todas las claves a considerar siempre que se soliciten vacaciones a la empresa contratante. Algunas prácticas extendidas en el imaginario colectivo pueden conllevar a la invalidez de las mismas a ojos legales, por lo que, ante todo es fundamental llegar a un acuerdo viable entre los dos implicados, la empresa y el trabajador, para eludir posibles malentendidos. "Luego no te quejes si no te las aprueban o te las cambias de hoy para mañana”, avisa el abogado

El error que cometes al pedir las vacaciones

Antes de entrar en materia con el fallo que nunca tenemos en cuenta a la hora de llevar a cabo esta acción, el profesional indaga en la naturaleza de este periodo libre de trabajo. "Las vacaciones son un derecho básico de todos los empleados, trabajes a jornada completa o media jornada, tenéis los mismos días, independientemente de los días que trabajéis y las horas a la semana", sentencia en relación a una práctica que muchos empresarios explotan. En ocasiones, por desconocimiento del trabajador, que ejerce su oficio sin llegar a las cuarenta horas semanales, el encargado priva de los días correspondientes a estos contratados. Sin embargo, la treintena vacacional es apta para todo tipo de trabajadores y siempre se tiene que defender.

"Pero cometéis un error muy grande. Y es, por un lado, fiaros de que vuestra empresa os las va a dar en las fechas que habéis solicitado, y, segundo, no tenerlo por escrito", añade. Por ende, el gran problema al que muchos tienen que hacer frente cuando llega el día D es que no tienen una prueba a la que agarrarse y terminan dando la razón al empresario. Sin embargo, un factor a considerar que la compañía también puede tener en cuenta para su beneficio es el siguiente: “Las tienes que saber don dos meses de antelación a la fecha en la que las vas a disfrutar”.

Esto es todo lo que la empresa no puede hacer

"No es legal ni que te las den de hoy para mañana, que haya una imposición unilateral por parte de la empresa, ni que te las quiten de hoy para mañana. Que no te engañen", recalca. Aunque todo esto viene incluido una vez se hayan formalizado, no vale con una simple conversación, como ya ha explicado. En este caso, si no se tiene el certificado, las condiciones podrían cambiar, porque, como dicen, las palabras se las lleva el viento y más cuando al superior le conviene.

El proceso a seguir es el que se esclarece a continuación: “Las vacaciones se deben solicitar por escrito siempre; y cuando la empresa te las de, que esté por escrito también. Una manera de evitar que te pidan cambios y tú ya lo tienes todo comprado”. Tanto la solicitud como la aprobación han de quedar recogidas por la letra de quién las recibe. De esta manera, los procedimientos quedan claros y entendidos para aplicar en el próximo descanso.