
Jubilación
Jubilados: el formulario que debes rellenar para recuperar hasta 4.000 € del IRPF
Quienes cumplan los requisitos y no actualicen su trámite perderán la posibilidad de recuperar un dinero que, para muchos, representa no solo un importante alivio económico, sino también la resolución de una deuda histórica

Los jubilados que en su momento realizaron aportaciones superiores a las mutualidades laborales cuentan desde ahora con una ocasión excepcional para regularizar su situación con Hacienda. Con la entrada en vigor, el pasado 25 de julio, de la reforma que autoriza la devolución del IRPF en un único pago, la Agencia Tributaria ha iniciado ya el reembolso de los ejercicios 2019, 2020, 2021 y 2022. Según cálculos de los técnicos de Hacienda (GESTHA), la compensación podría alcanzar en algunos casos hasta 4.000 euros por beneficiario.
No obstante, el procedimiento no es idéntico para todos. Aquellos que presentaron su solicitud a partir del 2 de abril de este año mediante el formulario actualizado no deberán realizar ninguna gestión adicional. En cambio, quienes lo hicieron con el modelo anterior —retirado en diciembre de 2024— o los que aún no han iniciado el trámite, deberán volver a rellenarlo en la sede electrónica de Hacienda.
El nuevo proceso resulta más sencillo que en convocatorias previas. Solo hay que acceder al apartado “Mutualistas: solicitudes de devolución” en la web de la Agencia Tributaria, identificarse con Cl@ve, certificado digital, DNI-e o número de referencia, y facilitar un teléfono de contacto junto con el número de cuenta bancaria. Este formulario, que retoma el formato aplicado en marzo de2024, permite reclamar de una sola vez todos los años pendientes.
Beneficiarios de la devolución
El reintegro corresponde a jubilados, exmutualistas y herederos que hubieran efectuado aportaciones a mutualidades antes del 1 de enero de 1999 sin beneficiarse de la reducción fiscal en la base imponible. La normativa establece distintos porcentajes en función del periodo y del tipo de pensión:
- Para quienes cotizaron antes de 1967 a la Seguridad Social o al Instituto Social de la Marina, se reconoce una reducción del 100% de la parte afectada.
- Las aportaciones realizadas entre 1967 y 1978, o a mutualidades sustitutorias previas a 1979, tendrán una reducción del 25%.
- Las pensiones complementarias derivadas de aportaciones anteriores a 1995 disfrutarán igualmente de una rebaja del 25%.
- Para fondos complementarios vinculados al INSS, Muface, Mugeju o Isfas, se aplicará la misma reducción del 25%.
Aunque todo el procedimiento se gestiona por vía telemática, Hacienda mantiene habilitados teléfonos de atención general (91 554 87 70) y de asistencia específica para realizar la solicitud (91 889 81 46). También se ofrece servicio de cita previa en oficinas. Desde junio, la Agencia ha comenzado a enviar cartas a los pensionistas que presentaron el formulario en 2024 para advertirles de que deben repetirlo si lo hicieron con la versión anterior.
En resumen, Hacienda lanza un aviso claro: quienes cumplan los requisitos y no actualicen su trámite perderán la posibilidad de recuperar un dinero que, para muchos, representa no solo un importante alivio económico, sino también la resolución de una deuda histórica.
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