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Intervención del Banco Madrid

La lavadora la teníamos en casa

La Razón
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Los ciudadanos buscan refugios fiscales cuando la presión fiscal aumenta, los impuestos que se pagan son poco o nada adecuados a los servicios y prestaciones que se reciben, hay un sentimiento de que en lugar de ser el precio de la civilización y del Estado del Bienestar que nos merecemos, se convierten en el precio de la corrupción. Entonces aparecen las siguientes figuras: Homo economicus: leyes tributarias = penales; el chalanero: se autojustifica porque el Estado cobra más para compensar la evasión; la figura del elusor legalista: desea pagar lo menos posible, usando cualquier resquicio legal. En el siglo XXI, no cabe duda de que estamos mejorando. Estamos ante un nuevo paradigma. El intercambio automático de: información y la cooperación entre administraciones hace realidad que la evasión fiscal sea un tema sólo para piratas del siglo XXI en jurisdicciones de piratas. La mejora del cumplimiento fiscal se debe a la concienciación cívico-tributaria, Just Culture. Atmósfera de confianza en la que los ciudadanos proporcionan información con trascendencia fiscal, esencial para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. Cooperación entre administración y contribuyente. Confianza mutua. A través del modelo 720. Trazabilidad de las operaciones, que ante una tributación sobre bases imponibles amplias, permite que la actual bajada de tipos de gravamen sea una realidad.

Con el principio de eficiencia impositiva, los impuestos deben ser diseñados de modo que el sistema fiscal no debe interferir en la toma de decisiones por parte de los contribuyentes. Por ejemplo, dónde trabajar o dónde no, dónde ubicarse o dónde no, dónde ahorrar, dónde gastar, dónde invertir; invertir en un producto o en otro, atendiendo a la fiscalidad de cada producto. Este principio está relacionado con el principio de neutralidad fiscal. Este principio parte del supuesto de que la productividad de los recursos es mayor si su asignación se realiza conforme al libre mercado y sin la intervención del gobierno de turno. Las normas fiscales que no interfieren con la asignación de recursos que determina el mercado se consideran neutrales, estableciendo un marco de neutralidad fiscal.

En un mundo ideal, los tributos deben ser neutrales sin atender la toma de decisiones que afecten a razones de tipo empresarial o comercial y, por lo tanto, donde se lleven a cabo la toma de decisiones sin atender a los motivos fiscales que les someten a gravamen. En la práctica, este principio de neutralidad es difícil de aplicar. Con frecuencia, los gobiernos interfieren deliberadamente en la vida económica de los ciudadanos y de las empresas, incentivando lo que se debe o no hacer en cada momento. Dentro de la optimización fiscal de los contribuyentes, estableciendo incentivos para minorar la carga fiscal. Con una carga fiscal excesiva, distorsiona el mercado con el objetivo de desincentivar algunos comportamientos, consumos, etc. Cumplimiento de fines extra fiscales. El caso de Andorra, una vez más, nos abre los ojos y nos muestra cómo la lavadora la tenemos en casa, formando parte del juego de los millonarios que se mueven en el mundo de la economía canalla.

*Profesor de Derecho Fiscal y Tributario de la Universidad Camilo José Cela