Corrupción política
La OCDE, preocupada por la inacción para investigar sobornos en España
La OCDE se mostró hoy "seriamente preocupada"porque en España ninguna de las investigaciones por sobornos en el extranjero haya prosperado, y "especialmente alarmada"porque en casi 13 años sólo se hayan abierto pesquisas por siete casos y todos ellos hayan sido archivados sin consecuencias.
El grupo de trabajo que supervisa el convenio sobre el soborno de funcionarios extranjeros en la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) pidió a España que revise su enfoque global contra este delito y le instó a presentar antes de fin de año un informe.
En ese informe se tendrían que precisar los progresos para reformar el Código Penal y para combatir este tipo de corrupción, precisó el grupo de trabajo, que advirtió de que se tomarán "medidas apropiadas"en caso de que no se respeten sus recomendaciones.
Un grupo de expertos realizó una visita a Madrid del 3 al 5 de julio pasado y después de esa inspección se mostraron preocupados de que, pese a que el delito de soborno de funcionarios extranjeros existe desde hace casi 13 años, ninguna persona o compañía haya sido juzgada o sancionada.
Pusieron el acento en que, teniendo en cuenta la dimensión de la economía española y sus "significativas"actividades comerciales extranjeras, incluidos "sectores y países de alto riesgo", únicamente se hayan realizado siete investigaciones por ese tipo de corrupciones, un "número bajo".
La primera de esas siete se inició en marzo de 2006 y, como las que se tramitaron a continuación, todas se habían archivado cuando los delegados del grupo de trabajo llegaron a España en julio, sin que hubiera ningún procedimiento contra nadie, y pese a que se había identificado a 16 personas sospechosas en tres de esos casos.
Esos expedientes se referían a pesquisas por sobornos de empresas españolas en Costa Rica, Libia, Angola, Marruecos, Letonia, por exportaciones de material militar o por violación del programa de la ONU con el Irak de Sadam Husein que canjeaba petróleo por alimentos.
La OCDE se quejó de que no se hubieran incluido junto a esa lista de siete investigaciones otras alegaciones de sobornos conocidas para las que no fue competente la Fiscalía Especial para la Represión de Delitos Relacionados con la Corrupción (APCO).
Aludió en concreto a la publicación en la prensa de supuestos sobornos de funcionarios panameños en febrero de 2010 por parte de una empresa, un asunto que -según la respuesta que dieron las autoridades españolas- no se transmitió a la APCO porque no se había identificado a ninguna persona.
Igualmente se refirió a una demanda de extradición en 2005 por parte de El Salvador de un ciudadano español reclamado por soborno, de la que tampoco fue competente la fiscalía especial.
El grupo de trabajo tiene constancia de otros tres casos de sobornos de funcionarios extranjeros por parte de empresas españolas que no fueron objeto de ninguna investigación en España, pero de las que no dio ningún otro detalle.
La OCDE se felicitó de que la nueva formulación del delito de soborno en vigor en España desde 2010 haya corregido algunas deficiencias que había señalado con anterioridad, pero simultáneamente lamentó que se haya creado una inculpación distinta por corrupción de funcionarios europeos que las siga incluyendo.
Se trata de carencias referidas al alcance de esa figura penal, al nivel de sanciones y a las limitaciones, que llevaron al grupo de trabajo a propugnar una reforma del Código Penal para modificar esas "inconsistencias"que podría "obstaculizar la efectiva aplicación de la convención"internacional.
Aunque las disposiciones del actual Código Penal ofrecen una amplia paleta de mecanismos contra las empresas que recurran a la corrupción, los expertos se quejaron de que ese régimen excluya a las compañías estatales y pidieron que se corrija esa excepción.
Insistieron en que el régimen de sanciones se debe armonizar para asegurarse de que sean "efectivas, proporcionadas y disuasorias", y alertaron contra la ausencia de medidas de confiscación a pesar de que esa posibilidad exista desde hace casi diez años.
Con vistas a que se recurra a la aprehensión de bienes, pidieron que España haga pleno uso de ese mecanismo y que clarifique también las reglas de aplicación a las personas jurídicas.
El grupo de trabajo criticó que el País Vasco y Navarra todavía no hayan prohibido explícitamente las deducciones fiscales del dinero que las empresas puedan haber dedicado al soborno, y urgió a las autoridades españolas a que se suprima esa posibilidad.
Abogó igualmente por que se cubra el vacío legislativo para proteger a los informantes que de buena fe den a conocer delitos como el de soborno.
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