Aerolíneas

¿Es legal que una aerolínea nos cobre por el equipaje de mano?

La Unión Europea ha establecido una serie de medidas de seguridad respecto al equipaje de mano que se aplican en todos los países miembros, independientemente del destino

Un hombre lleva una maleta de mano en un aeropuerto
Un hombre lleva una maleta de mano en un aeropuertoDreamstime

La maleta de mano es un imprescindible que no puede faltar cuando viajamos en avión, por ello, cada vez son más las aerolíneas que se aprovechan de esta práctica normalizada para cobrar un gasto extra a sus clientes por subir este equipaje de cabina a bordo. El cobro de suplementos a los pasajeros ha cogido carrerilla desde la aparición de las aerolíneas low cost, ya que en la letra pequeña de estos billetes tirados de precio se esconden diferentes cargos que pueden llegar a costar tanto como otro billete. Ante estas prácticas cada vez más habituales por parte de las aerolíneas, Legálitas recuerda algunos aspectos fundamentales a la hora de viajar en avión para evitar sorpresas desagradables.

¿Qué puede llevarse en el equipaje de mano?

Las restricciones respecto a los equipajes de mano han ido cambiando en los últimos años, sin embargo, la Unión Europea ha establecido una serie de medidas de seguridad –sobre la cantidad de líquido que se puede transportar y la que no– que se aplican en todos los países miembros, "independientemente del destino", explican desde esta asesoría jurídica.

En la página web de Aena, la compañía líder en el mundo en gestión de infraestructuras aeroportuarias, se puede comprobar qué objetos están permitidos en las maletas de mano. Los líquidos –como perfumes, cremas, aerosoles, espumas, geles, champú, pasta de dientes, bebidas, jarabes...– de 100 ml están permitidos en el equipaje de cabina. No obstante, a la hora de pasar el centro de seguridad, estos productos deberán colocarse en una bandeja, así como los objetos electrónicos como móviles, tabletas, ordenadores o cámaras fotográficas.

"Además, es importante tener en cuenta cuáles están restringidos, (productos animales, lácteos, vegetales, alcohol, tabaco) y cuáles quedan prohibidos (armas, objetos cortantes, objetos contundentes, herramientas de trabajo, sustancias químicas, sustancias inflamables)", señala Legálitas.

Suplemento por equipaje

Muchas aerolíneas pretenden cobrar al pasajero un suplemento de precio en el momento del embarque, no obstante, esto puede ser una práctica abusiva al vulnerar los derechos de los consumidores y el artículo 97 de la ley de navegación aérea que establece lo siguiente: “el transportista estará obligado a transportar de forma gratuita en cabina, como equipaje de mano, los objetos y bultos que el viajero lleve consigo, incluidos los artículos adquiridos en las tiendas situadas en los aeropuertos. Únicamente podrá denegarse el embarque de estos objetos y bultos en atención a razones de seguridad, vinculadas al peso o al tamaño del objeto, en relación con las características de la aeronave”.

Las medidas del equipaje de mano dependerán de las propias normas que cada compañía establezca a la hora de volar, por ello, se deberán comprobar los requisitos en la página web de cada aerolínea.

¿Cómo puedo reclamar?

En el caso de querer reclamar esta práctica abusiva, en primer lugar se deberá presentar una reclamación formal por escrito en el mostrador de la aerolínea en el propio aeropuerto, por correo postal al domicilio social de la compañía o en la página web de la misma.

En el caso de no obtener respuesta por parte de la aerolínea, "el siguiente paso sería dirimir la controversia ante los juzgados competentes, ejercitando la correspondiente acción en el plazo máximo de dos años", sentencia Legálitas.