Vivienda

Esto es lo que dice la Ley de Vivienda y muchos caseros e inquilinos ignoran sobre la duración de los alquileres

La Ley busca garantizar estabilidad a los arrendatarios, estableciendo prórrogas automáticas hasta alcanzar un mínimo de cinco años para personas físicas y siete para jurídicas

MADRID.-El precio del alquiler en la Comunidad sube un 12,3% interanual en agosto, según idealista
La ley también establece importantes derechos para los inquilinosEuropa Press

El Gobierno confirma mediante la Ley 12/2023, conocida como Ley por el Derecho a la Vivienda, que todos los inquilinos tienen derecho a permanecer en sus viviendas de alquiler durante un período mínimo de cinco a siete años, incluso si el propietario no desea renovar el contrato. Esta modificación de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) establece que los contratos con duración inferior a estos plazos se prorrogarán automáticamente por plazos anuales hasta completar el período mínimo legal, siempre que el inquilino esté al corriente de los pagos y cumpla con las condiciones establecidas.

La normativa especifica que si el arrendador es una persona jurídica, el período mínimo se extiende a siete años, mientras que para personas físicas se mantiene en cinco años. Además, para contratos que ya hayan alcanzado esta duración mínima, si ninguna de las partes notifica su intención de no renovar con la antelación requerida, el contrato se prorrogará automáticamente por un máximo de tres años adicionales.

Obligaciones para los propietarios

Los propietarios que no deseen renovar el contrato deben notificar al inquilino con una antelación mínima de cuatro meses antes de la fecha de vencimiento.

La ley también establece importantes derechos para los inquilinos, como la limitación de incrementos en la renta mediante un sistema de índices de precios de referencia y una mayor protección frente a desahucios arbitrarios.