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Pensiones

Los artistas podrán trabajar y cobrar el 100% de la pensión

Los beneficiarios contribuirán al sistema con una cotización solidaria del 8% que aportará a la Seguridad Social 1,72 millones adicionales

Obra expuesta en el museo Chillida Leku
Obra expuesta en el museo Chillida Lekularazon

Los beneficiarios contribuirán al sistema con una cotización solidaria del 8% que aportará a la Seguridad Social 1,72 millones adicionales

Los artistas jubilados podrán compatibilizar sus ingresos por derechos de propiedad intelectual con el 100% de la pensión contributiva. El Consejo de Ministros ha aprobado hoy la propuesta de la ministra de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, Magdalena Valerio, que también se traslada al complemento por maternidad y los porcentajes adicionales reconocidos por jubilación con edad superior a la ordinaria. Los beneficiarios mantendrán su condición de pensionistas «a todos los efectos», ha asegurado la portavoz del Gobierno, Isabel Celaá, quien ha añadido que esta regulación es «una demanda largamente sostenida en el tiempo» por los creadores artísticos que «quieren, legítimamente, mantener la compatibilidad con el sistema de pensiones».

Las más de 1.300 personas que se beneficiarán de la medida, según estima el Gobierno, cotizarán por incapacidad temporal y contingencias profesionales durante el periodo que se mantenga la actividad artística. Además, contribuirán al sostenimiento del sistema de pensiones con una cotización solidaria del 8%. Si el trabajo es por cuenta ajena, el 6% será a cargo de la empresa, mientras que la persona trabajadora aportará el 2% restante. Esta cotización no computará para el cálculo de las prestaciones. La Seguridad Social estima un impacto económico de unos 14,4 millones de euros y un incremento de la recaudación por la cuota solidaria de 1,72 millones de euros. Por otro lado, será incompatible la pensión de jubilación con cualquier otro trabajo distinto al de la creación artística, tanto por cuenta propia como ajena, que suponga estar dado de alta en la Seguridad Social.

Hay dos procedimientos para solicitar la compatibilidad. Si la persona interesada ya está jubilada e inicia una actividad de creación artística, deberá solicitarse el alta ante la Tesorería General de la Seguridad Social en el régimen que corresponda a su actividad durante el tiempo que la realice. Por otro lado, los artistas que quieran mantener la actividad una vez accedan a la jubilación deberán comunicar su voluntad de compatibilizar ambos ingresos para que no se suspenda la pensión.